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Al descubierto el gran engaño de Chaves como máximo responsable de la degeneración urbanística

Manuel Chaves lleva sometiendo a Andalucía a un gran engaño consistente en hacer creer que en los grandes escándalos del urbanismo andaluz, desde los más actuales como Estepona o Marbella, a los más antiguos, como presidente de la Junta de Andalucía, no ha tenido ninguna responsabilidad. Es más, ha señalado a los Ayuntamientos como responsables de las ilegalidades. Pero de los seis órganos competentes en materia de urbanismo existentes en Andalucía, 5 dependen directamente de la Junta de Andalucía y en el restante, la Junta de Andalucía ostenta la mayoría absoluta de sus miembros.

Manuel Chaves lleva sometiendo a Andalucía a un gran engaño consistente en hacer creer que en los grandes escándalos del urbanismo andaluz, desde los más actuales como Estepona o Marbella, a los más antiguos, como presidente de la Junta de Andalucía, no ha tenido ninguna responsabilidad. Es más, ha señalado a los Ayuntamientos como responsables de las ilegalidades. Pero de los seis órganos competentes en materia de urbanismo existentes en Andalucía, 5 dependen directamente de la Junta de Andalucía y en el restante, la Junta de Andalucía ostenta la mayoría absoluta de sus miembros.
LD (Pedro de Tena) Los seis órganos competentes en materia de urbanismo en Andalucía son los siguientes, según el artículo 1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y que  modificó el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, son los que siguen:
 
a) El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
b) La persona titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
c) La Dirección General de Urbanismo.
d) La Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda.
e) Las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
f) Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
 
El Consejo de Gobierno de la Junta está presidido por el propio Manuel Chaves. La titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes es nombrada directamente por el presidente de la Junta. Las direcciones generales que siguen son nombradas directamente por la Consejería, por voluntad propia o a petición del presidente. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería son nombradas directamente por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
 
El único organismo competente en Urbanismo en Andalucía que no depende del todo de la Junta de Andalucía y del señor Chaves son las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Pero en ellas, la Junta de Andalucía se ha reservado la mayoría absoluta de los puestos como vamos a comprobar a continuación:
 
"CAPITULO VI"
 
De las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
 
Artículo 8. Naturaleza Jurídica y Adscripción orgánica.
 
1. Las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo son órganos colegiados de ámbito provincial, de carácter consultivo y resolutorio, adscritos orgánicamente a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Dependen jerárquicamente de la persona titular de dicha Consejería, a quien corresponde la aprobación de su reglamento de régimen interior.
 
2. Las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo funcionarán en dos Secciones, la de Ordenación del Territorio y la de Urbanismo.
 
Artículo 9. Composición.
 
1. La Sección de Ordenación del Territorio de cada una de las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo estará presidida por la persona titular de la Secretaría General de Ordenación del Territorio, e integrada por los siguientes miembros:
 
a) La persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia correspondiente, que ejercerá la Vicepresidencia Primera de la misma.
 
b) La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, que ejercerá la Vicepresidencia Segunda de la misma.
 
c) La persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, que ejercerá la Vicepresidencia Tercera.
 
d) En representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía once Vocales:
 
- Diez de los cuales serán las personas titulares de las correspondientes Delegaciones Provinciales de: Economía y Hacienda; Innovación, Ciencia y Empresa; Empleo; Turismo, Comercio y Deporte; Agricultura y Pesca; Salud; Educación; Igualdad y Bienestar Social; Cultura; Medio Ambiente.
 
- Uno en representación de la Agencia Andaluza del Agua.
 
e) En representación de la Administración General del Estado, dos vocales.
 
f) En representación de la Administración Local, ocho vocales, uno de los cuales será la persona titular de la Presidencia de la correspondiente Diputación Provincial, y los restantes serán quienes ostenten la Alcaldía de municipios de la provincia correspondiente, designados por la asociación de municipios de mayor implantación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
 
2. La Sección de Urbanismo de cada una de las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo estará presidida por la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia correspondiente, e integrada por los siguientes miembros:
 
a) La persona titular de la Dirección General de Urbanismo, que ejercerá la Vicepresidencia Primera de la misma.
 
b) La persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, que ejercerá la Vicepresidencia Segunda de la misma.
 
c) En representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, once vocales:
 
- Diez de los cuales serán las personas titulares de las correspondientes Delegaciones Provinciales de: Economía y Hacienda; Innovación, Ciencia y Empresa; Empleo; Turismo, Comercio y Deporte; Agricultura y Pesca; Salud; Educación; Igualdad y Bienestar Social; Cultura; Medio Ambiente.
 
- Un representante de la Agencia Andaluza del Agua.
 
Estos miembros valorarán, en su caso, la incidencia que los distintos acuerdos adoptados puedan tener sobre las previsiones de inversión pública disponible.
 
d) En representación de la Administración General del Estado, dos vocales.
 
e) En representación de la Administración Local, ocho vocalías, una de las cuales será la persona titular de la Presidencia de la correspondiente Diputación Provincial, y los restantes serán quienes ostenten la Alcaldía de municipios de la provincia correspondiente, designados por la asociación de municipios de mayor implantación en la Comunidad Autónoma de Andalucía."
 
Si se hacen las cuentas, sale lo siguiente, poniendo los nombres a cada cosa:  14 vocales y la presidencia recaen en miembros pertenecientes a la Junta de Andalucía. Dos vocales son de la Administración del Estado y los ocho vocales restantes son representantes municipales. Uno de ellos, tiene que ser el presidente de la Diputación provincial, en estos momentos, todas ellas en manos del PSOE y los otros siete, son representantes de municipios designados por la FAMP, asimismo en manos del PSOE.
 
En estas circunstancias, ¿cómo se explica que el señor Chaves haya dicho, por ejemplo, en 2006, que le quitará el urbanismo a los alcaldes infractores? Es más dijo en Granada que  sería "inflexible" con los ayuntamientos que se salten la ley en materia urbanística. De hecho, el socialista andaluz adelantó que dos ejes claves de su próxima campaña serán el desarrollo sostenible y el cumplimiento de la ley. «A los que no cumplan se les retirarán sus competencias urbanísticas», apostilló.
 
¿Cómo ha podido decir Manuel Chaves hace bien poco que no sabía nada de las irregularidades de Estepona? Lo dijo el pasado 27 de junio a la Agencia Europa Press. ¿Cómo que iba a luchar por un urbanismo ejemplar en Andalucía y lo decía en 2006? ¿Cómo que tendría "tolerancia cero" con la corrupción urbanística? ¿A qué vino la retirada de las competencias urbanísticas del Ayuntamiento de Marbella cuando la mayoría de las competencias estaban y están en la Junta de Andalucía?
 
Ni siquiera el propio Luis Solana podía creer, hace unos días, que Chaves hubiera actuado diligentemente en esta materia. Pero la verdad es la verdad. De los seis organismos competentes en urbanismo en Andalucía, 5 están controlados directamente por la Junta y el restante, compuesto por mayoría absioluta de miembros de la Junta. O sea, estamos ante la demostración jurídico-política de que si el señor Chaves afirma no haber tenido responsabilidad en el desarrollo de la corrupción urbanística en Andalucía, el señor Chaves miente. Tiene las competencias y domina por mayoría más que absoluta todos los organismos encargados del Urbanismo en Andalucía.

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