
L D (EFE) La sentencia sobre el asesinato de Rosana Maroto hecha pública este jueves prohíbe a Romero, de 34 años, regresar a Valdepeñas y/o comunicar con los familiares de la víctima durante cinco años, medida cuyo cumplimiento comenzará cuando el condenado obtenga su primer permiso penitenciario, libertad condicional o liberación definitiva. También le condenan a indemnizar a la familia con más de 360.000 euros, mientras que el Tribunal le absuelve de un delito de detención ilegal como le imputaba la acusación particular.
Respecto al juicio por el asesinato de los novios de Valdepeñas, el Tribunal absuelve al acusado de un delito de violación, que le imputaban las acusaciones particulares, y le impone la prohibición por un tiempo de 10 años de residir o volver a la localidad de Valdepeñas, además de condenarle a indemnizar a los familiares de las víctimas con 900.000 euros. El condenado asesinó a esta pareja en un parque de Valdepeñas, donde abordó a los jóvenes con la intención de agredir sexualmente a la mujer, además de robarlos tras intimidarles con una navaja.
El asesinato de Rosana Maroto
Romero asesinó el 25 de junio de 1998 a Rosana Maroto, de 21 años, cuando la joven paseaba en bicicleta por las inmediaciones de Valdepeñas, y su cadáver no fue hallado hasta octubre de 2003, ya que el acusado lo escondió en un pozo. Los magistrados declaran probado que Romero, en contra de lo que él mismo declaró durante la vista, tuvo desde el primer momento un claro deseo de abusar de la joven y, una vez consumada la agresión sexual, planeó deshacerse de ella para que no lo delatara y la estranguló antes de arrojarla a un pozo.
Según la sentencia, el acusado se encontraba "en perfecto uso de sus facultades mentales, tenía una capacidad intelectual normal, sin que se haya detectado enfermedad mental, si bien padece un trastorno antisocial de la personalidad que le impide conocer lo que está bien y mal", además de considerar probado que tampoco tenía afectadas sus facultades por ingesta de alcohol o drogas.
El Tribunal considera que los hechos denotan alevosía y ensañamiento en la muerte de Rosana al verse sometida "al sufrimiento de una violencia intimidatoria". El Tribunal en su sentencia da por hecho que aquella tarde del 25 de junio de 1998 el condenado se encontró por casualidad con la chica en un camino de tierra de las afueras de Valdepeñas cuando la joven paseaba en bicicleta y el agresor, recién salido de su trabajo como cocinero en un club de alterne, pasaba también con su coche por el mismo lugar.
Romero la abordó y la introdujo en el maletero de su coche, al igual que la bicicleta, y la condujo a un cortijo abandonado, a unos 12 kilómetros de Valdepeñas, donde obligó a la joven a que le hiciera una felación y otras prácticas sexuales. El relato de los hechos que la sala considera probados añade que, si bien Rosana le pidió que la dejara marchar una vez que se consumó la agresión, Romero no lo hizo y la golpeó y estranguló antes de arrojar su cadáver a un pozo cercano, para que no quedara rastro.
Tras cinco años de desaparición, los GEO localizaron a la joven en el interior de pozo tras detener a Gustavo Romero como sospechoso de otro asesinato, el de una pareja de novios en Valdepeñas en 1998, hecho por el que también hoy fue sentenciado a más de 76 años de cárcel. Romero compareció en el juicio, celebrado el 7 y 8 de abril, ante el tribunal como autor confeso del crimen, pero su relato había presentado los hechos como un suceso casual y una relación sexual que Rosana Maroto habría consentido.
