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El fiscal solicita el archivo del caso de las jubilaciones de Amusátegui y Corcóstegui

El Santander y el fiscal solicitaron a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que archive la causa que investiga las millonarias indemnizaciones percibidas por José María Amusátegui y Angel Corcóstegui al abandonar la entidad argumentando que no existió en estos pagos conducta fraudulenta.

LD (EFE) La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional celebró este lunes una vistilla, que continuará el próximo miércoles con la intervención del abogado del ex consejero de Banesto, Rafael Pérez Escolar, para estudiar si archiva la causa que instruye la juez Teresa Palacios o continúa con el procedimiento, en el que están acusados Amusátegui, Corcóstegui y Emilio Botín.
 
La acusación particular solicita a la Audiencia Nacional que les condene por haber cometido un delito de apropiación indebida por la millonaria indemnización que recibieron los dos ex altos cargos al abandonar el banco –108 millones para Corcóstegui y 43,75 millones para Amusátegui–.
 
El fiscal, Jesús Cardenal, dijo en la vista que no cree que se cometiera delito al no existir abuso de funciones, ni perjuicio económico evaluable, ni conducta fraudulenta, y apuntó que la actuación del Consejo de Administración del banco se ajusta a la legalidad mercantil. Además, según dijo, las pensiones son compatibles con el límite del cinco por ciento de los beneficios del grupo establecido en los estatutos de la entidad.
              
El abogado de Botín, Gonzalo Rodríguez Mourullo, se manifestó en los mismos términos y ratificó que no ha habido ningún hecho fraudulento ni tampoco concurre el dolo o culpa grave de los acusados. En línea con lo dicho por Rodríguez Mourullo, el abogado de José María Amusátegui, Ramón Hermosilla, apuntó que el perjuicio del que se está hablando ha hecho a los accionistas multiplicar por cinco el valor de sus acciones.
              
El abogado de Angel Corcóstegui, Javier Sánchez Junco, hizo hincapié en que las funciones de su defendido iban mucho más allá de las de un consejero, ya que su función era eminentemente técnica, lo que le convirtió en el primer gestor de carácter operativo del banco. Asimismo, apuntó que en el procedimiento legal no concurre ninguno de los elementos necesarios para que se condene a los acusados por apropiación indebida o estafa.
              
El abogado de la acusación particular, Pep López Sánchez, incidió en que el mismo día en que se reunieron los consejos de administración del Santander y el Central Hispano para el proyecto de fusión de ambas entidades, Botín acordó con Amusátegui el contrato de jubilación de éste último y lo mantuvieron en secreto.  Por ello, López Sánchez consideró que se trata de hechos calificables tanto de apropiación indebida como de delito societario, al no haber comunicado este pacto ni a los Consejos de Administración, ni al Banco de España, ni a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

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