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Antonio José Chinchetru

El derecho no es conectarse a internet

Dicho de otra manera, piden que la anciana con una exigua pensión o esa familia con todos sus miembros en paro paguen con sus impuestos la conexión a internet de quienes sí tienen medios para contratarla de su bolsillo.

La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) ha decidido que "el acceso a internet debe ser visto como un derecho fundamental respetado tanto como la libertad de expresión. Todos deben tener derecho a participar en la sociedad de la información y los estados tienen la responsabilidad de garantizar el acceso de los ciudadanos a internet". Esto, que parece una idea sensata, no lo es en absoluto. Lo que sí es un derecho fundamental es la libertad de expresión. Esta es la que debe ser respetada sin que se le impongan restricciones, con independencia del vehículo que se utilice para transmitir o recibir información, ideas, opiniones y demás tipo de contenidos.

Es por esta razón que resulta inaceptable que se corte la conexión a internet de los ciudadanos, se cierren webs por orden gubernamental o se bloquee el acceso a contenidos de la red. Todas esas prácticas, contempladas en normas como la Ley Sinde española o la Ley Hapodi francesa (a las que se refiere el documento de la OSCE) con la excusa de proteger los derechos de autor son equivalentes a la censura en televisión o el secuestro de publicaciones. Son atentados contra la libertad de expresión.

El peligro de definir el acceso a la red como un "derecho fundamental" es que pronto saltan voces que exigen que se convierta en uno de los consabidos "derechos positivos", y reclaman que sea el Estado quién lo proporcione a los ciudadanos. Dicho de otra manera, piden que la anciana con una exigua pensión o esa familia con todos sus miembros en paro paguen con sus impuestos la conexión a internet de quienes sí tienen medios para contratarla de su bolsillo.

El acceso a internet sin interrupciones o limitaciones impuestas por el Estado es algo que debe ser respetado de forma absoluta. Pero no por tratarse de un derecho fundamental, sino para no cercenar la libertad de expresión o la posibilidad de recibir informaciones, opiniones y contenidos de culturales, de entretenimiento o de otro tipo. Ningún tercero debe pagar el costo económico de que usted pueda leer este artículo (o ver el video de dos bebés discutiendo, si lo prefiere) y yo tenga disponible la tecnología que me permite hacer llegar a los lectores esta opinión.

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