Menú
EDITORIAL

Cuando sólo el silencio da seguridad jurídica

Es difícil encontrar una sentencia cuyo fallo deje sin consideración o contradiga tan clamorosamente su propia exposición de antecedentes de hechos, sus hechos probados y sus fundamentos de derecho, como el que ha condenado por injurias a Jiménez Losantos

Desde el obligado acatamiento a todas las sentencias, pero también desde el irrenunciable derecho y deber que nos asiste a la hora de valorarlas, es difícil encontrar una sentencia cuyo fallo deje sin consideración o contradiga tan clamorosamente su propia exposición de antecedentes de hechos, sus hechos probados y sus fundamentos de derecho, como el que ha condenado a Federico Jiménez Losantos por un delito continuado de injurias graves con publicidad.

Que el periodista dirigió expresiones ciertamente "molestas, hirientes y desabridas" hacia el alcalde de Madrid es tan cierto como molestas, hirientes y desabridas les parecieron a las víctimas del terrorismo y a millones de ciudadanos las declaraciones de Gallardón en las que incitaba a su partido a pasar página a la infamia perpetrada en nuestro país del 11 al 14-M, y que provocaron la contundente y, en nuestra opinión, merecida crítica del director de La Mañana. Si el escalofriante y fundado titular del ABC "Gallardón invita a su partido a obviar el 11-M y huir de la radicalización" no tuviera base en las propias palabras del alcalde, no se entiende que este no se sintiera ofendido, ni dirigiera al periódico ni un desmentido ni la menor matización que pusiera a salvo su sentido del honor, salvo que este sea tan intermitente y maleable como el que Gallardón ha mostrado para la ocasión.

Que Gallardón hacía un llamamiento a pasar página y a obviar el 11-M no solo fue una interpretación unánime de los medios de comunicación y de sus otrora escandalizados y ahora olvidadizos compañeros de partido. Es una interpretación que resume fielmente la propia trascripción que la sentencia hace de las declaraciones del alcalde madrileño. Ahí está la veracidad de la información que Jiménez Losantos transmite sobre lo dicho por Gallardón, y ahí la pertinencia y el fundamento de opinión para que las duros calificativos que el periodista le dedica puedan ser justamente considerados como esas "expresiones molestas, hirientes y desabridas" que la jurisprudencia del Constitucional ampara en el ejercicio de la libertad de expresión.

La juez, sin embargo, no sólo no ha tenido en cuenta el contexto radiofónico de las declaraciones de Jiménez Losantos, sino que ha desestimado sin base alguna tanto la jurisprudencia que sacaba a relucir en sus fundamentos de derecho como los antecedentes y hechos probados que relataba en su sentencia. Hasta ha dejado al margen los criterios legales que se exigen para calificar de grave la injuria, tales como las que se llevan a cabo "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad".

Aquí, por el contrario, no ha habido más desprecio hacia la verdad que el que buscaba pasar página a la mayor masacre de nuestra historia. Y nos tememos que a ese desprecio se le ha unido un no menor desprecio a la libertad de expresión y a la justicia.

En España

    0
    comentarios