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El Gobierno reconoce que prohibirá las iguanas mascota porque sí

El impulsor de la ley animalista de Belarra reconoce que no hay informes científicos que avalen la prohibición de tener reptiles de más de 2 kilos.

El impulsor de la ley animalista de Belarra reconoce que no hay informes científicos que avalen la prohibición de tener reptiles de más de 2 kilos.
Iguana. | Unsplash/Katherine McCormack

La ley de Bienestar Animal aprobada recientemente por el Congreso obligará a los propietarios de mascotas consideradas ilegales a autodenunciarse para que la administración proceda a incautarse de los animales. Y, tal y como ha reconocido el propio Gobierno, no hay ningún motivo científico que avale esa incautación de alguno de esos animales. Simple y llanamente es porque sí.

La enmienda propuesta por los senadores del PSOE y aprobada posteriormente en ambas cámaras, da a los dueños un plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la ley animalista para delatar a sus "seres sintientes" considerados ilegales ante las autoridades competentes para que las trasladen a "centros de protección de animales silvestres, zoológicos o entidades de protección animal".

Entre las mascotas afectadas por esta enmienda están los "reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios" (las tortugas). En este caso, las iguanas superan los dos kilos cuando son adultas, por lo que serían mascotas que automáticamente pasarían a estar totalmente prohibidas, incluso antes de la aprobación del listado positivo que determinará qué animales se pueden tener como mascota.

La Federación Fauna ha preguntado al ministerio de Ione Belarra, el impulsor de la ley animalista sobre los "informes técnicos que avalen la peligrosidad y siniestralidad de los reptiles de más de dos kilos" que justifiquen la prohibición automática de este tipo de animales.

A través del Portal de Transparencia del Gobierno, Fauna ha solicitado "los informes de siniestralidad y peligrosidad avalados por la literatura científica y los criterios objetivos y no discriminatorios exigidos por el derecho de la Unión Europea que justifiquen la prohibición de los reptiles de más de 2 kg de peso (excepto quelonios) en la redacción de la ley de protección de los derechos y bienestar de los animales que obren en poder de la Dirección General de Derechos de los Animales."

La respuesta, firmada por el propio director de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, es demoledora. No existe ningún informe científico que justifique la incautación de las iguanas (y de los reptiles de más de dos kilos) a sus legítimos propietarios. Se prohíben únicamente porque al Gobierno se le ha antojado.

"La prohibición de la tenencia como animales de compañía de reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios, fue introducida en el texto del Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales al aprobarse como enmienda en su tramitación parlamentaria, por lo que esta Unidad carece de informes que avalen dicha prohibición", señala la respuesta firmada por García Torres.

Además de las iguanas, las mascotas afectadas por esta normativa son:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios.
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg
  • Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad

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