L.D.
En la reunión los representantes de la Asociación han recalcado los aspectos que en el tercer anteproyecto de Ley para el comercio electrónico y la sociedad de la información pudieran ser interpretados como una agresión a los derechos fundamentales de libertad de expresión y al papel de excesiva competencia sancionadora por parte de las autoridades administrativas.
Admitiendo ambas partes que la propuesta presentada persigue una mayor aclaración al texto del Anteproyecto, la Asociación de Internautas ha anunciado, a falta de una revisión más detallada del conjunto de la propuesta, los siguientes compromisos adquiridos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología con la Asociación:
1.- Asegurar la necesidad de intervención de la Autoridad Judicial cuando se afecte a los Derechos fundamentales y Libertades Públicas constitucionalmente protegidos. Aclaración en el artículo 48 (medidas de carácter provisional), mediante la adición del: "En el caso de que las medidas de carácter provisional afecten o puedan afectar a derechos fundamentales, deberá seguirse el procedimiento legalmente establecido, según el derecho fundamental afectado o que pueda verse afectado".
2.- Circunscripción del ámbito de la LSSI a la internet comercial, referida a la realización de actividades económicas, dejando fuera de la regulación, las páginas, cuyos titulares no llevan a cabo actividades con ánimo de lucro. (Aclaración en el encabezamiento del párrafo 3º de la letra a) del ANEXO de que "Son servicios de la Sociedad de la Información, entre otros, y siempre que representen una actividad económica, los siguientes:")
3.- Estudio del actual marco sancionador, haciendo especial hincapié en el criterio del volumen de facturación, en orden a la graduación de las sanciones.
4. -Mantenimiento del documento actual sobre el uso del envío comercial y masivo de correo no solicitado, el denominado en inglés Spam.
La redacción definitiva dependerá, además de los preceptivos informes de la Comisión Europea, el Consejo General del Poder Judicial (especialmente importante para los temas de garantías judiciales de libertades y derechos fundamentales) y el Consejo de Estado, así como de los demás Departamentos Ministeriales y las observaciones que puedan hacerse por otros organismos, entidades y asociaciones, que habrán de integrarse en la versión definitiva que se remita al Consejo de Ministros para su aprobación y remisión a las Cortes.
La Asociación de Internautas no da por cerrado este proceso de dialogo, a expensas del compromiso de un estudio más detallado del conjunto de la propuesta por parte de los responsables ministeriales, y estará vigilante de éste proceso en el que se está participando, para salvaguardar los intereses de la comunidad que representamos.
Admitiendo ambas partes que la propuesta presentada persigue una mayor aclaración al texto del Anteproyecto, la Asociación de Internautas ha anunciado, a falta de una revisión más detallada del conjunto de la propuesta, los siguientes compromisos adquiridos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología con la Asociación:
1.- Asegurar la necesidad de intervención de la Autoridad Judicial cuando se afecte a los Derechos fundamentales y Libertades Públicas constitucionalmente protegidos. Aclaración en el artículo 48 (medidas de carácter provisional), mediante la adición del: "En el caso de que las medidas de carácter provisional afecten o puedan afectar a derechos fundamentales, deberá seguirse el procedimiento legalmente establecido, según el derecho fundamental afectado o que pueda verse afectado".
2.- Circunscripción del ámbito de la LSSI a la internet comercial, referida a la realización de actividades económicas, dejando fuera de la regulación, las páginas, cuyos titulares no llevan a cabo actividades con ánimo de lucro. (Aclaración en el encabezamiento del párrafo 3º de la letra a) del ANEXO de que "Son servicios de la Sociedad de la Información, entre otros, y siempre que representen una actividad económica, los siguientes:")
3.- Estudio del actual marco sancionador, haciendo especial hincapié en el criterio del volumen de facturación, en orden a la graduación de las sanciones.
4. -Mantenimiento del documento actual sobre el uso del envío comercial y masivo de correo no solicitado, el denominado en inglés Spam.
La redacción definitiva dependerá, además de los preceptivos informes de la Comisión Europea, el Consejo General del Poder Judicial (especialmente importante para los temas de garantías judiciales de libertades y derechos fundamentales) y el Consejo de Estado, así como de los demás Departamentos Ministeriales y las observaciones que puedan hacerse por otros organismos, entidades y asociaciones, que habrán de integrarse en la versión definitiva que se remita al Consejo de Ministros para su aprobación y remisión a las Cortes.
La Asociación de Internautas no da por cerrado este proceso de dialogo, a expensas del compromiso de un estudio más detallado del conjunto de la propuesta por parte de los responsables ministeriales, y estará vigilante de éste proceso en el que se está participando, para salvaguardar los intereses de la comunidad que representamos.
