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Inspección de Trabajo vuelve a dar la razón a Nacho Cano: "Mantener el caso abierto es una auténtica prevaricación"

Dice el documento de Trabajo, de 20 folios, que la Policía de Leganitos "la única información que les facilita es que urge la actuación".

Dice el documento de Trabajo, de 20 folios, que la Policía de Leganitos "la única información que les facilita es que urge la actuación".
Europa Press

La Inspección de Trabajo ha elaborado un segundo informe, por petición del juzgado que instruye la causa contra Nacho Cano, que vuelve a concluir que los becarios del musical Malinche en Madrid no eran trabajadores y no ve "irregularidades" en lo que es su ámbito.

La defensa de Nacho Cano cree que "mantener la acusación popular de CCOO como parte legitimada es un escándalo" y que siga abierto el caso "una auténtica prevaricación". Según confirma el entorno del artista estarían "recibiendo resoluciones de lo contencioso que ratifican que los chicos estaban legales en España".

El informe, al que ha tenido acceso Libertad Digital, fue remitido el pasado 14 de abril al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, cuya titular es Inmaculada Iglesias Sánchez, que afeó a Trabajo no haber hecho "una labor de investigación completa" en junio del año pasado.

Hay que recordar que la juez Iglesias, la misma que instruye el caso contra el novio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, investiga a Cano y a otras cinco personas por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

"Urge la actuación"

El primer informe descartó que las prácticas implicaran "una relación laboral encubierta" y concluyó que los 17 estudiantes mexicanos realizaron prácticas no laborales en la empresa Malinche The Musical Spain S.L..

El segundo informe, elaborado por un profesional diferente a la primera subinspectora, defiende que

"al igual que en el primer informe (...) no se ha podido comprobar que los alumnos en formación fueran trabajadores de Malinche el Musical, por no quedar acreditas las notas típicas de una relación laboral: trabajo personal, voluntariedad, retribución, dependencia y ajeneidad (obtención de beneficios por parte del empresario)".

En el documento, de 20 folios, pone de relieve que si bien la Inspección de Trabajo y la Policía Nacional trabajan conjuntamente, "el proceder habitual (...) es siempre que primero la Inspección califica la relación jurídica y luego la Policía Nacional actúa en consecuencia" y que "antes de que la subinspectora emitiese el informe, la Policía ya había concluido que la relación que unía a los becarios con la empresa era laboral". Destaca que desde la comisaría de Leganitos "la única información que se facilita es que urge la actuación", "sin que la Inspección hubiera tenido conocimiento de la investigación previa que había hecho la Policía". Nacho Cano fue detenido el 9 de julio de 2024, antes de que estuviera listo el informe.

Se recuerda que el verano pasado se

"visitó el local donde se estaban impartiendo las clases, como así se ha detallado en el primer informe, tomando declaración a todos y cada uno de los presentes en la Parroquia San Juan de la Cruz, declaraciones tomadas de modo individual y de forma espontánea"... "La Policía Nacional facilitó que la inspección fuera sorpresiva".

Añade que "todos los becarios declararon exactamente lo mismo" en las entrevistas.

La inspección también se queja de que después de la "visita del 27 de junio de 2024, su funcionaria no tuvo oportunidad de ver el musical" porque los agentes le dijeron "que eso no era posible". Apunta que "no se ha podido comprobar, en absoluto, que los alumnos sustituyeran en ningún momento a actores principales del musical" y por lo tanto que la empresa recibiera frutos por ello.

Sobre las autorizaciones de estancia en España por estudios solicitadas por los becarios mexicanos, la Inspección precisa que, al no tratarse de trabajadores ni de becarios incluidos en la Ley General de la Seguridad Social, "el control de su situación administrativa en materia de extranjería no compete a esta Inspección".

Nuevas declaraciones

Este miércoles la juez ha interrogado a tres imputados: a una de las responsables del musical Malinche, Cristina Carmiñe Duato; al productor ejecutivo de la producción y administrador del hotel en el que se alojaban los becarios, David Hatchwell; y al director de la escuela Jana Producciones, Javier Alfonso Muñoz.

Muñoz ha declarado, a preguntas de su letrado únicamente, para aclarar cómo era la relación entre su escuela y Malinche, el método que usaban y la legalidad del proceso, según fuentes jurídicas.

Por su parte Duato y Hatchwell se han acogido a su derecho a no declarar pendientes de resolución de varios recursos en la Audiencia Provincial en los que se pide el archivo de la causa.

A la salida de los juzgados Hatchwell ha declarado que "desafortunadamente" no ha habido "ningún cambio de posicionamiento por parte de la jueza" a pesar del segundo informe de la Inspección de Trabajo. "Lo más importante para mí es que los hechos van demostrando a través del tiempo lo que hemos dicho siempre: que aquí hay una cortina de humo muy clara contra Nacho Cano, contra Malinche, por lo que representa Malinche. Y lo que es increíble es cómo nuestro sistema judicial está permitiendo este tipo de anomalía", ha dicho.

Los letrados del equipo de Maliche, José Luis González y Elena Fernández, se han preguntado "por qué se mantiene artificialmente este procedimiento abierto" y han confiado en su archivo "inmediato" tras el segundo informe de Trabajo. "Hemos dicho desde el minuto uno que es un asunto fabricado ad hoc" ha afirmado González, que ha subrayado que en ese segundo informe hay además "una llamada de atención tanto a la actuación de la propia Policía como a la actuación del propio juzgado".

Las siguientes declaraciones serán el 8 de mayo mediante comisión rogatoria con México: declararán Roxana Drexel como investigada, y dos testigos.

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