
La Fiscalía Anticorrupción insiste en salvar al F.C. Barcelona y a su presidente Joan Laporta de ser investigados por un delito de cohecho en el marco del caso Negreira.
En un escrito de 8 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el Ministerio Público responde al recurso presentado por el que fuera vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira: "El Fiscal, despachando el traslado conferido por providencia de fecha 12-12-23, respecto al recurso de reforma interpuesto por la representación letrada del investigado Enríquez Negreira contra el auto de 27-9-23 por el que se consideraban como cohecho parte de los hechos objeto de la causa de referencia, ratifica lo ya expuesto en su informe de fecha 19-12-23 emitido con motivo de los recursos de apelación interpuestos contra ese mismo auto".
"Dado que en el auto recurrido se atribuye al investigado Enríquez Negreira la condición de funcionario, fundamentando tal afirmación en que durante los años en que percibió determinadas cantidades por parte del Fútbol Club Barcelona (en adelante FCB) ocupaba el cargo de Vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), debemos pronunciarnos sobre si concurre dicha condición en aquél", añade.
Según Anticorrupción, "que Enríquez Negreira no tiene consideración de autoridad parece alejado de toda duda, puesto que ni el auto recurrido lo afirma ni se ha planteado por ninguna de las partes". En este contexto, el Ministerio. Fiscal considera que "Enríquez Negreira ni es ni puede ser considerado funcionario público al no cumplirse ninguna de las condiciones previstas en el Código Penal pará atribuirle tal consideración".
"Las competencias que se atribuyen al CTA cuyo vicepresidente era el investigado Enríquez Negreira traen causa y tienen su origen en las reconocidas a la REEF (tanto en la Ley del Deporte como en sus propios Estatutos) como ‘actividad propia’ ajena, en consecuencia, a cualquier ámbito o público y sin que su ejercicio suponga participación alguna en la función pública", apunta la Fiscalía.
"En consecuencia y como conclusión de todo lo expuesto en el presente informe, el Ministerio Fiscal considera que ni Enríquez Negreira puede ser considerado funcionario público por faltar el título habilitante, ni participa en modo alguno en el ejercicio de funciones públicas. En base a lo expuesto, y pese al nulo esfuerzo argumentativo del recurrente, lo que. impide conocer cuáles son los fundamentos jurídicos, de su pretensión procede la revocación del auto de fecha 27-9-23, en el que se calificaba como cohecho los hechos investigados, ordenando la continuación de la investigación por, entre otros, y con la provisionalidad que corresponde a esta fase procesal, el delito tipificado en el art. 286 bis 4 CP (delito de corrupción deportiva)", concluye.
La tesis del juez Aguirre sobre el cohecho
El pasado mes de septiembre, el titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, imputaba al F.C. Barcelona y al resto de investigados en el caso Negreira por un delito de cohecho.
El juez acordaba "atribuir a todas las personas hasta el momento investigadas, incluido el FC Barcelona, el delito de cohecho. En el caso de Enríquez Negreira se le atribuye un delito continuado de cohecho pasivo en concepto de autor y en el de Javier Enríquez Romero otro delito continuado de cohecho pasivo en concepto de cooperador necesario. Respecto a la persona jurídica del FC Barcelona y a los directivos del citado club investigados se les atribuye un delito continuado de cohecho activo. Todo ello sin perjuicio de mantener la calificación alternativa del delito de corrupción deportiva del artículo 286bis 4º CP, al menos durante esta fase de instrucción." Un mes más tarde, el instructor imputaba al actual presidente del F.C. Barcelona, Joan Laporta, por este mismo delito en la causa.
Póngase en contacto con nosotros en investigacion@libertaddigital.com

