L D (Agencias)
La máxima jurisdicción francesa da luz verde a las empresas a poner en marcha planes de reorganización laboral para "prevenir dificultades económicas futuras ligadas a las evoluciones tecnológicas y sus consecuencias para el empleo, sin estar subordinadas a la existencia de dificultades económicas a la fecha de despido", según el polémico dictamen.
Hasta ahora, el articulo 321-1 del Código del Trabajo, que fue introducido por el anterior Ejecutivo de izquierdas en 2002 y que fija las condiciones de los despidos colectivos, establece que éstos sólo pueden ser utilizados para hacer frente a dificultades o a mutaciones tecnológicas "constatadas".
La polémica sentencia de la sala de lo social del Supremo, que fue dictada el pasado día 11 y aún no ha sido hecha pública, corresponde al conflicto que oponía a "Pages Jaunes" (Páginas Amarillas francesas) a 118 de sus 930 comerciales que fueron despedidos al rechazar en 2001 una bajada de sueldo con el argumento de que la empresa tenía que hacer frente a la competencia de Internet. "Pages Jaunes" es la sociedad editora del listín telefónico y el 54 por ciento de su capital está en manos de France Télécom.
Además de en Francia, "Pages Jaunes" está implantada en Bélgica, Luxemburgo y Líbano, y edita 67,7 millones de anuarios telefónicos con un volumen de negocios de 984 millones de euros, lo que supone una subida del 6,3 por ciento en el tercer trimestre de 2005, y un resultado neto con un aumento del 19 por ciento, según el vespertino "Le Monde", que alertó ayer sobre este cambio de jurisprudencia del que hoy se hace eco toda la prensa francesa.
Se trata de un cambio radical en la jurisprudencia del derecho sobre los despidos colectivos, que siempre había sido considerado por el Supremo como el último recurso para las empresas en dificultad. Hasta la fecha, la sala de lo social del Supremo había hecho una interpretación protectora de los derechos del despido, especialmente tras la llamada sentencia "Majorette", que establecía la obligación de una empresa de recurrir a un plan social en caso de modificar más de nueve contratos de trabajo.
Hasta ahora, el articulo 321-1 del Código del Trabajo, que fue introducido por el anterior Ejecutivo de izquierdas en 2002 y que fija las condiciones de los despidos colectivos, establece que éstos sólo pueden ser utilizados para hacer frente a dificultades o a mutaciones tecnológicas "constatadas".
La polémica sentencia de la sala de lo social del Supremo, que fue dictada el pasado día 11 y aún no ha sido hecha pública, corresponde al conflicto que oponía a "Pages Jaunes" (Páginas Amarillas francesas) a 118 de sus 930 comerciales que fueron despedidos al rechazar en 2001 una bajada de sueldo con el argumento de que la empresa tenía que hacer frente a la competencia de Internet. "Pages Jaunes" es la sociedad editora del listín telefónico y el 54 por ciento de su capital está en manos de France Télécom.
Además de en Francia, "Pages Jaunes" está implantada en Bélgica, Luxemburgo y Líbano, y edita 67,7 millones de anuarios telefónicos con un volumen de negocios de 984 millones de euros, lo que supone una subida del 6,3 por ciento en el tercer trimestre de 2005, y un resultado neto con un aumento del 19 por ciento, según el vespertino "Le Monde", que alertó ayer sobre este cambio de jurisprudencia del que hoy se hace eco toda la prensa francesa.
Se trata de un cambio radical en la jurisprudencia del derecho sobre los despidos colectivos, que siempre había sido considerado por el Supremo como el último recurso para las empresas en dificultad. Hasta la fecha, la sala de lo social del Supremo había hecho una interpretación protectora de los derechos del despido, especialmente tras la llamada sentencia "Majorette", que establecía la obligación de una empresa de recurrir a un plan social en caso de modificar más de nueve contratos de trabajo.
