El pasado viernes la Comunidad de Madrid multó a la compañía telefónica con 9.200 euros por quedarse con el saldo de los usuarios que no realizan recargas en varios meses.
Yoigo se defiende y anuncia que estos supuestos quedan especificados en el contrato que el cliente firma con el operador al darse de alta en el servicio prepago. Dicho modelo de contrato fue previamente aprobado por SETSI, organismo encargado de analizar los modelos de contratos entre operadoras de telefonía y clientes y contempla los siguientes casos:
-Cuando un cliente de prepago (tarjeta) hace portabilidad a otra compañía, quedándole algún saldo en la tarjeta.
-Cuando un cliente de prepago (tarjeta) con la tarifa La Del Cero (la única que no tiene consumo mínimo) lleva 9 meses sin hacer ninguna recarga.
- También se da de baja de forma automática a un cliente prepago cuando lleva 6 meses con saldo 0. No obstante en este caso no procedería reintegro de ninguna suma
Por otra parte, Yoigo no tiene constancia de reclamaciones de clientes en el primer supuesto (portabilidad a otra compañía). No obstante, como deferencia comercial, Yoigo se pone a disposición de clientes que se hayan visto en dicho supuesto para estudiar su caso individualmente y, en su caso, devolver las cantidades correspondientes.
La sanción impuesta por la Comunidad de Madrid no es firme y Yoigo recurrirá la misma por las vías pertinentes.
