El titular del Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid, Juan José Escalonilla, ha acordado investigar la niñera-asesora de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y las costas procesales cobradas por el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, que desveló Libertad Digital en "procedimientos independientes" al denominado caso Neurona.
En un auto, al que ha tenido acceso LD, el juez desestima el recurso presentado por la formación morada y señala que es cierto que la exresponsable de Cumplimiento Normativo de Podemos que denunció estos hechos, Mónica Carmona, "ha presentado la totalidad de los expedientes por su parte incoados por presuntas irregularidades cometidas en el partido político Podemos, algunos de los cuales no se corresponden con los hechos objeto de investigación en la presente causa".
"Ahora bien", añade, "denunciados hechos nuevos que podrían ser constitutivos de delito, no cabe abstraerse de su denuncia devolviendo dichos expedientes a dicha testigo, procediendo su investigación, si bien en procedimientos independientes, y no en piezas separadas y tal y como solicita el Ministerio Fiscal, toda vez que de tramitarlos en pieza separada su investigación podría conllevar la dilación en la tramitación del presente procedimiento, seguido, entre otros, por un delito electoral que tiene tramitación urgente, a lo que cabe añadir que se imputan la comisión de hechos delictivos diversos a personas distintas".
"Procede por ello, y de conformidad con lo interesado por el Ministerio Fiscal, formar procedimientos independientes en relación con el presunto cobro por Pablo Iglesias de las costas procesales dimanantes del procedimiento de Juicio Ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Pamplona; en relación con la utilización por Irene Montero de una persona a sueldo del partido como cuidadora de sus hijos; y respecto de la donación efectuada por el partido político Podemos al proyecto Escuela Popular Paulo Freire a través de la Fundación de dicho partido político Instituto 25m, así como e igualmente respecto de las donación efectuadas por dicho partido político a dicha Fundación", afirma el auto.
"No procede devolver a Mónica Carmona el escrito de manifestaciones adjuntado a dichos expedientes, en tanto en cuanto expone y deja constancia de los motivos que Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid, Diligencias previas 1181/2020 3 de 4 determinaron la incoación de dichos expedientes, al margen de las consideraciones subjetivas y apreciaciones que dicha testigo efectúa en dicho escrito, y que serán objeto de consideración teniendo en cuenta las circunstancias subjetivas concurrentes en su persona", concluye el instructor.