
La Audiencia Provincial de Madrid respalda que el titular del Juzgado de Instrucción nº 41, Juan Carlos Peinado, investigue a Begoña Gómez por apropiarse del software de la Universidad de la Complutense de Madrid (UCM).
La asociación Hazte Oir, personada como acusación popular, presentó una querella contra la esposa de Pedro Sánchez por registrar a su nombre una aplicación desarrollada por varias empresas y con dinero público en la Complutense. La querella recayó en el Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid, pero éste se inhibió en el Juzgado de Peinado. La Fiscalía recurrió esta decisión y ahora la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Madrid acuerda que esta línea de investigación recaiga también en el instructor del caso Begoña Gómez.
En un auto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la Audiencia Provincial afirma que "este Tribunal no tiene constancia documental de cuáles son los hechos que están siendo investigados por el Juzgado de Instrucción nº 41 de los de Madrid en el marco de sus Diligencias Previas 1146/24, no obstante lo cual y tal como el Juez Instructor expone en la resolución impugnada, tenemos conocimiento como hechos notorios de la vida pública, de que la inicial querella ha sido posteriormente ampliada y que a día de hoy se han practicado diligencias destinadas a investigar los hechos relativos al Máster en Transformación Social Competitiva, vinculado a la Universidad Complutense de Madrid del que era codirectora Mª Begoña Gómez Fernández, persona contra la que se dirige la presente querella".
"Dado que fue precisamente para ese máster para el que se había desarrollado gratuitamente el software del que, según el escrito de querella, se habría apropiado la Sra. Gómez ofreciéndolo a través de la mercantil Transformación Social Competitiva (TSC) y habiendo presentado con fecha 10/10/2022 en la oficina de Patentes y Marcas, solicitud de Marca nacional a título personal para TSC Transforma Plataforma de medición de impacto social y medioambiental, www.Transforma TSC.org, entendemos que prima facie si existe la conexidad apreciada por el titular del Juzgado de Instrucción nº 48 de los de Madrid, sin perjuicio de lo que se pueda resolver por el Juzgado a cuyo favor se acuerda la inhibición y que sí tiene pleno conocimiento de los hechos sobre los que versa la instrucción de sus Diligencias Previas 1146/24 y del resultado de las diligencias que se practiquen". añade.
Por todo ello, la Audiencia Provincial acuerda "desestimar el recurso de apelación formulado por la representación del Ministerio Fiscal, contra el auto de fecha 19 de junio de 2024, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 48 de los de Madrid en Diligencias Indeterminadas 1732/2024, confirmando la citada resolución, declarando de oficio las costas de esta alzada".
Recordamos que esta decisión nada tiene que ver con la que tendrá que adoptar la Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el futuro del caso Begoña Gómez tras resolver los recursos presentados por su defensa y por el Ministerio Público.
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