Menú

El fraude de Sánchez para perpetuar a su DAO: lo cuela por "emergencia nacional" e intentó meterlo en octubre sin DANA

Marlaska ha aprovechado las medidas urgentes por las inundaciones de la DANA para blindar más allá de la edad de jubilación a su DAO de confianza.

Marlaska ha aprovechado las medidas urgentes por las inundaciones de la DANA para blindar más allá de la edad de jubilación a su DAO de confianza.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la reunión del Comité de crisis sobre la DANA. | EFE

Pedro Sánchez y Fernando Grande-Marlaska han colado en el Real Decreto de medidas urgentes por las inundaciones valencianas la permanencia —más allá de la edad de jubilación— de su director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional. Se trata de su policía estrella, al que consideran tan decisivo para sus intereses, que han justificado en el propio texto su permanencia en el cargo por la misma "emergencia nacional" que no han querido declarar para salvar vidas en la DANA.

Pero el colmo ha llegado con otro hecho. El real decreto ley es una norma jurídica con fuerza de ley que sólo puede ser impulsada en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Pues bien, la urgente y extraordinaria necesidad de esta prolongación del cargo del DAO por las inundaciones es tal, que ya se intentó meter en la Ley de Movilidad el pasado mes de octubre, sin inundación alguna.

Marlaska anunció su deseo de prorrogar el citado cargo el 24 de octubre en el Senado. Sin DANA. Y presentó el 30 de octubre una enmienda para meter justo el mismo cambio, de nuevo, sin DANA alguna en el panorama. Porque la única urgencia es la de la propia jubilación del DAO, cosa que no se argumenta porque la supuesta urgencia no es tal: llegaría el siguiente policía elegido al cargo y punto. Nunca habría una urgente y extraordinaria necesidad porque no se dejaría el servicio policial sin mando o asistencia.

La enmienda en cuestión, que hoy publica Libertad Digital, muestra, efectivamente que el 30 de octubre a las 17:22 horas se solicitó, como cambio sin urgencia y dentro de la Ley de Movilidad, la "modificación de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, en lo concerniente al régimen de jubilación del Director Adjunto". Allí se pedía modificar "el párrafo b) del artículo 5.2 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, que queda redactado como sigue:

«b) Forzosa, que se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.

No obstante lo anterior, alcanzada la citada edad por la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional ésta podrá permanecer en la situación de servicio activo mientras ostente dicho cargo, pasando a la situación de jubilación en el momento en que se produzca su cese por las causas establecidas en la normativa vigente.»

Y la justificación, efectivamente, no tenía nada que ver: "Posibilitar la permanencia en servicio activo hasta que se produzca el cese, cuando se cumplan los requisitos para pasar a la situación de jubilación forzosa". Porque no era ninguna urgencia nacional.

Así, el Gobierno ha aprovechado el Real Decreto de ayudas a Valencia, aprobado este lunes por el Consejo de Ministros, para colar el blindaje del jefe de Policía de Marlaska, José Ángel González, que estaba a punto de cumplir los 65 años, la fecha obligatoria para jubilarse. El Ejecutivo se ha amparado en la emergencia nacional que Sánchez se niega declarar de manera pública para prolongar su vida activa. Y lo ha hecho en situación de fraude de ley al falsear la exigida urgencia.

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Alta Rentabilidad