
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido mantener a Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado. En diciembre de 2023, el Gobierno de Pedro Sánchez le renovó en el puesto.
El Alto Tribunal adopta esta decisión un día antes de que García Ortiz declare como investigado ante el magistrado Ángel Luis Hurtado por un delito de revelación de secretos tras la filtración contra el novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador.
La sentencia de 23 páginas, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, destaca el amplio margen de discrecionalidad que confiere al Gobierno el artículo 124.4 de la Constitución, solamente acotado por la exigencia de informe, preceptivo, pero no vinculante, del Consejo General del Poder Judicial, y por los elementos reglados y los conceptos judicialmente asequibles establecidos por el legislador. También resalta que no se discuten estos últimos aspectos, sino la idoneidad del nombrado y que, por eso, el examen judicial debe ser prudente a fin de no privar al Gobierno de su facultad constitucional.
La sentencia rechaza, en principio, que desde las causas de cese anticipado pueda llegarse a juzgar esa idoneidad. No obstante, tras examinarlos uno por uno, descarta razonadamente que los hechos alegados expresen la falta de aptitud de Álvaro García Ortiz para ser nombrado de nuevo fiscal General del Estado. Ni aisladamente, ni en su conjunto, muestran el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones, que han de ser las que la Constitución encomienda al Ministerio Fiscal, no actuaciones concretas en materia de personal.
En efecto, las alegadas, o bien no tienen entidad para llevar a esa conclusión, o no se corresponden con el resultado de la prueba. En particular, explica la sentencia que la ilegalidad apreciada judicialmente de algunas, pocas, decisiones del fiscal General del Estado, incluso, por desviación de poder, no significa el incumplimiento grave y reiterado de sus funciones constitucionales y recuerda que la anulación o la declaración de nulidad de actos administrativos o de disposiciones generales no implica la inidoneidad para el cargo de la autoridad que los haya dictado.
El recurso presentado por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) defendía que García Ortiz no era "idóneo" para desempeñar "la jefatura de todos los fiscales de España" por sus actuaciones, entre ellas la sentencia del Supremo que apreció "desviación de poder" en su decisión de nombrar fiscal de Sala a Dolores Delgado, su antecesora en el cargo.
Indistintamente de lo que resolvieran los magistrados sobre este nombramiento, la causa contra García Ortiz por revelación de secretos continuaría en manos del Supremo, ya que además de ser fiscal general es fiscal de Sala, cargo que también está aforado ante el Alto Tribunal.
García Ortiz pidió al tribunal que desestimase el recurso al considerar que la asociación solo intentaba "socavar" al Gobierno y conseguir "publicidad". En su escrito de conclusiones, presentado el pasado noviembre, la defensa del fiscal general acusaba a la APIF de basar su impugnación "única y exclusivamente en consideraciones de índole estrictamente subjetiva".
Su abogado sostenía que "lo que se pretende al interponer el recurso" es "que se inicie el proceso judicial, que el nombramiento esté durante varios meses en cuestión y que la asociación demandante obtenga 'publicidad' por medio de este procedimiento, que, según parece, no tiene por otros cauces, y 'socavar' al Gobierno (de turno) que efectúa el nombramiento, eso sí, de modo 'indirecto".
Sánchez ya ha dejado claro que un medio crítico como este es un obstáculo. Nos halaga pero necesitamos tu ayuda para demostrarle que lo que dice es cierto. Hazte socio del Club LD.