La Fiscalía no acusará a Errejón en su juicio por agresión sexual
Fue acusado de haber cometido un delito de agresión sexual contra la actriz y abandonó todos sus cargos orgánicos y públicos hasta que se resolviera.
La Fiscalía Provincial de Madrid ha asegurado en un escrito que no existen indicios suficientes contra el fundador de Podemos Íñigo Errejón en su supuesta agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá.
Errejón fue acusado por la actriz Elisa Mouliaá por haber cometido un presunto delito de acoso sexual por una noche ocurrida cuatro años antes de la denuncia formulada por la supuesta víctima. El exportavoz de Sumar en el Congreso abandonó todos los cargos orgánicos y públicos y se alejó de la vida pública hasta este momento.
Así lo sostiene la Fiscalía en un escrito que ha remitido al juzgado de instrucción número 47 de Madrid al que ha tenido acceso Libertad Digital. En este, subraya que no existen indicios suficientes contra el expolítico, por lo que pide el sobreseimiento de la causa. Aun así, ha impugnado el recurso presentado por Errejón frente al auto de continuación de las actuaciones en el procedimiento.
Por ello, la Fiscalía sostiene que Errejón debe ir a juicio, aunque no formulará acusación contra él al entender que no existen pruebas suficientes que acrediten que el exdiputado hubiese cometido un delito de acoso sexual contra Mouliaá. Así, subraya "toda vez que practicadas cuantas diligencias de instrucción se han considerado necesarias para el esclarecimiento de los hechos no ha quedado suficientemente justificada la perpetración del delito".
El escrito también revela que la Fiscalía da "veracidad" a Mouliaá en que esta "se sintió cohibida y que en realidad no quería una relación sexual en los términos que finalmente se desarrolló"; algo que no quita que Mouliaá fuese "consciente" de los hechos anteriores y que esta los aceptara. Es decir, para la Fiscalía, aunque la actriz no se sintiese cómoda con los términos de la relación sexual, esta era consciente de los mismos y dio su consentimiento para mantenerla.
Además, recalca el hecho de que cuando Mouliáa expuso hasta en dos ocasiones que no se sentía cómoda con la relación que estaban manteniendo, Errejón "cesó en su acción"; por lo que consideran que no cabría condenar al exdiputado por un delito de agresión sexual.
En este sentido, todo apunta a que Errejón irá a un juicio en el que, presumiblemente quedará absuelto. Todo ello por haber cometido un supuesto delito tipificado en la conocida como Ley del solo sí es sí, que fue urdida por su espacio político, del cual Errejón es considerado uno de los ideólogos principales. En este marco, Mouliáa le pedía tres años de cárcel para Errejón y que este la indemnizase con 30.000 euros.
Por su parte, el juez que instruye la causa, Adolfo Carretero Sánchez, procesó a Errejón; algo que tiene el visto bueno de la Fiscalía; por lo que la instrucción ha terminado y, por ende, el proceso judicial se encuentra más cerca de la celebración del juicio oral.
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