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La juez Rosell trata de justificar su ignorancia: "La justicia machista crea impunidad. El problema no es la ley"

La primeras rebajas de condena por la ley del ‘sólo sí es sí’ dejan en evidencia a Irene Montero y su séquito en el Ministerio de Igualdad.

La primeras rebajas de condena por la ley del ‘sólo sí es sí’ dejan en evidencia a Irene Montero y su séquito en el Ministerio de Igualdad.
Victoria Rosell, Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género | Europa Press

La primeras rebajas de condena a varios acusados de abusos sexuales gracias a la ley del sólo ‘sí es sí’ ha dejado en evidencia al Ministerio de Igualdad en pleno: a su máxima responsable, Irene Montero, pero también a su número 2, Ángela Rodríguez Pam, y a la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, quienes defendieron a capa y espada que la ley que surgió de la indignación por el caso de la Manada jamás beneficiaría a los violadores, tal y como advertían destacados juristas.

Los distintos autos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin embargo, demuestran ahora la ignorancia de todas ellas, pero particularmente de Rosell, magistrada de profesión antes de aterrizar en el Gobierno de coalición de PSOE y Podemos. "Esto es pura propaganda del defensor de los violadores", decía la exjueza en un extenso hilo en su cuenta de Twitter. "Es más, si se volviera a juzgar, las penas serían mayores", apostillaba.

La Justicia, sin embargo, acaba de dictar sentencia en este debate, demostrando que, efectivamente, en algunos casos, los acusados sí podrán beneficiarse de la ley del ‘sólo sí es sí’, algo que no ha gustado nada a Rosell, quien no ha dudado en reaccionar revolviéndose contra los que fueran sus compañeros de profesión "La justicia machista crea impunidad. El problema no es la ley", reza el mensaje con el que ha tratado de justificarse en las redes sociales.

El desconocimiento del Código Penal

El pasado 31 de agosto, la juez no dudó en arremeter contra el abogado de los condenados por el caso de la Manada, después de que éste asegurase que ya estaba estudiando la nueva normativa para tratar de reducir la pena de sus defendidos, habida cuenta de que, en algunos supuestos, era mucho más benévola que la anterior. "Quieren desprestigiar la ley ‘sólo sí es sí’ y asustar a las mujeres. Pero con esta ley tenemos más seguridad y derechos", sentenció, aferrándose al principio de irretroactividad de las leyes.

Lo que obvió entonces es algo a lo que ahora se acoge la Audiencia Provincial y que, como magistrada, debería saber perfectamente: el propio Código Penal establece como salvedad que el cambio de normativa beneficie al acusado. "Tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena", establece el artículo 2.2.

Eso es precisamente lo que ha sucedido en el caso de un hombre acusado de abusar sexualmente de su hijastra de 14 años y lo que podría pasar en otros tantos, tal y como llevan meses advirtiendo numerosos juristas. Sin embargo, en su intento por no reconocer el gran fallo que habrían cometido, las principales representantes del Ministerio de Igualdad han incurrido en numerosas acusaciones que hoy, con este y otros autos en la mano, caen por su propio peso.

Rodríguez Pam y los "bulos machistas"

Junto a Rosell, la número 2 de Montero, Ángela Rodríguez Pam, llegó a acusar de difundir "bulos machistas" a los medios que ponían en tela de juicio sus postulados. "Recordemos que, en este tipo de noticias que estamos viendo, los abogados que intentan que las penas se rebajen son los abogados de los presuntos violadores. Son propaganda machista, un intento desesperado de la defensa", alertó en un hilo de Twitter.

Este martes, la secretaria de Estado de Igualdad se ha limitado a retuitear el mensaje de su compañera en el que, una vez más, aludía al machismo, en este caso de los jueces, para justificar lo sucedido. Sin embargo, lo cierto es que el primer auto que se ha hecho público de la Audiencia Provincial de Madrid no hace sino seguir a pies juntillas lo que dice el Código Penal: "Con ocasión de la reforma operada mediante la LO 10/2022, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, de reforma del C.P en delitos contra la libertad sexual, la pena mínima que se contempla en el art. 183.1 y 3, es de 6 años de prisión: razón por la que conforme a lo dispuesto en el art. 2.2 del C.P. resulta ésta más favorable para el reo, por lo que procede la revisión en el sentido interesado por el penado".

A este argumento, se suma el aplicado en otros casos que van saliendo a la luz: la desaparición de algunos supuestos en la ley del ‘sólo sí es sí’ que, entre otras cosas, establece que "el consentimiento prestado por personas mayores de 16 años no es constitutivo de delito", salvo que se pueda demostrar que se ha empleado violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima.

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