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El Constitucional avala que las menores de 16 y 17 años puedan abortar sin permiso de los padres

La reforma de la ley impulsada por Irene Montero también elimina el periodo de reflexión y la obligación de informar sobre ayudas a la maternidad.

La reforma de la ley impulsada por Irene Montero también elimina el periodo de reflexión y la obligación de informar sobre ayudas a la maternidad.
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. | Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional ha avalado este martes la reforma de la ley del aborto impulsada por la exministra Irene Montero que permite a las menores de 16 y 17 años abortar sin permiso de los padres, y establece los hospitales públicos como centros de referencia para esta práctica.

Con los siete votos a favor de la mayoría progresista y cuatro en contra, la corte de garantías ha rechazado el recurso de Vox, que defendía que la norma podría vulnerar diversos preceptos constitucionales como los principios de libertad, pluralidad y legalidad, así como los derechos a la igualdad, a la vida y a la libertad ideológica. No obstante, los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, del ala conservadora, han anunciado voto particular en contra de la decisión.

La ley Montero

La reforma de la ley del aborto acaba con la necesidad de contar con el consentimiento paterno para las jóvenes de 16 y 17 años, un requisito introducido en 2015 por el Gobierno del PP y que, por tanto, no había sido valorado por el Tribunal Constitucional al resolver el recurso de los populares contra ley de 2010.

El texto elimina, además, la obligación de informar a la mujer sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad y también el plazo de reflexión de tres días, al tiempo que impone la creación de un registro de objetores de conciencia para el personal sanitario.

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