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Pumpido recibe la orden de avalar que la "competencia exclusiva" del Estado en inmigración se entregue al separatismo

El Gobierno de Sánchez acaba de regalar esta competencia al separatismo catalán. ¿Cómo? Pues contando con el comodín Pumpido.

El Gobierno de Sánchez acaba de regalar esta competencia al separatismo catalán. ¿Cómo? Pues contando con el comodín Pumpido.
Pumpido recibe la orden de decir que la "competencia exclusiva" del Estado en inmigración se le puede dar al separatismo | Europa Press

El artículo 149 de la Constitución Española señala lo siguiente: "El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: […] 2. Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo". Pero, pese a ello, el Gobierno acaba de regalar esta competencia al separatismo catalán.

¿Cómo? Pues contando con el comodín Pumpido. Y es que ya ha cursado la orden al presidente del Tribunal Constitucional para que diga que "competencia exclusiva" del Estado se corresponde con competencia no exclusiva.

El artilugio para retorcer la literalidad constitucional ya está estudiado y ha sido facilitado al equipo jurídico de Moncloa por los abogados de Junts. Consiste en la aplicación desnaturalizada del artículo 150 de la misma Carta Magna: "2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación".

Las fronteras sólo pueden ser estatales

Y, según Pedro Sánchez, la protección de las fronteras frente a la inmigración es de naturaleza propia de territorios que no tienen fronteras: las fronteras sólo pueden ser estatales, no autonómicas. La frontera implica soberanía. Pero, Cándido Conde Pumpido ya ha recibido el encargo de que Pedro Sánchez lo necesita para seguir en el poder.

Diversos juristas han plasmado ya su opinión sobre el traspaso de esta competencia. David Ortega, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, señaló ya el año pasado que la clave es el requisito que establece el 150.2 al afirmar que el Estado podrá desprenderse de sus competencias exclusivas siempre que la "naturaleza" de las materias lo permita. Ortega no niega que se trata de un "concepto jurídico indeterminado" que abre, por lo tanto, la puerta a que sea el Tribunal Constitucional (TC) el que acabe decidiendo si es traspasable o no a Cataluña.

Isabel Álvarez, profesora de Derecho Constitucional de Comillas ICADE, ha ido más allá y no tiene duda de que las competencias en inmigración no son delegables a las comunidades autónomas. Álvarez ha recalcado ya en diversas ocasiones que "hay que tener cuidado" porque, aunque la vía del 150.2 se ha usado frecuentemente, "está pensada para delegar facultades de titularidad estatal pero que son asumibles por parte de las comunidades autónomas". Las "asumibles", precisa, son las que refleja el propio artículo 149. Y ello porque en algunas, si bien les concede el carácter de competencia exclusiva del Estado, añade una coletilla que permite tal cesión. Y ese no es el caso de la inmigración.

Así, por ejemplo, en el 149.1.7 establece que la legislación laboral es competencia estatal, "sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas". Para la profesora universitaria, está claro que las competencias en inmigración no son delegables porque en su caso (149.1.2) la Constitución no contempla salvedad alguna.

Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de País Vasco, también ha defendido que es "claramente inconstitucional" ceder a Cataluña las competencias en inmigración. Pero por motivos distintos. Entiende que la "naturaleza" de la materia no lo permite porque afecta a "la propia unidad del Estado".

Pero, frente a todos esos argumentos puramente lógicos, tiene toda la pinta de que se alzará la orden recibida por Pumpido. La de considerar asumible la gestión de las fronteras por quien no las tiene. Eso sí, las quiere tener y avanza hacia ello.

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