Como "legal"...es legal... (+)
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Como "legal"...es legal... (+)
Enviado por Xyz el día 15 de Julio de 2014 a las 19:16
http://www.libertaddigital.com/espana/2014-07-15/el-catalan-ya-es-obligatorio-hasta-para-trabajar-de-barrendero-1276523848/
Llegará el momento que el catalán será obligatoria hasta para mendigar. Tiempo al tiempo...
Mientras haya sometidos a quién les gusté llevar un collar al cuello....luego claman por la libertad y la independencia!! Tiene gracia!!
Enviado por opinando el día 16 de Julio de 2014 a las 15:32
Bueno, legal , legal.... El problema , como se dice ++
Enviado por percebep el día 16 de Julio de 2014 a las 16:16
por pertenecientes a la mafia constitucional en la sentencia del Estatut para "limpiar" su conciencia en plan voto
particular...... es que el TC dice que lo que quieren decir determinados artículos del Estatut es "otra cosa". Pero claro,
dice lo que dice, no que el TC dice que quiere decir. Por lo tanto, aunque la aplicación literal de varios artículos del
Estatut vaya contra lo que el TC ha dicho que quieren decir.... como no les ha obligado a decir otra cosa, al final aplican
lo que el TC dice no respaldar, pero no cambia en su redacción. Vamos, algo impresentable. Aplicando la jurisprudencia
del TC tal y como el TC interpreta los artículos del Estatut, la mayor parte de las acciones de la Generalidad serían
ilegales. Pero como el TC ha renunciado a que se cumplan sus sentencias, por renunciar ha renunciado también a
cambiar los artículos y en su lugar los "reinterpreta".... Evidentemente la Generalidad se pasa por el forro la
reinterpretación y se ciñe a lo que está puesto bien clarito negro sobre blanco, y que el TC no ha obligado a cambiar, si
no a "reinterpretar". Aunque a efectos teóricos están obligados a usar la interpretación Constitucional, en la práctica es
dudoso incluso si se recurriera a nivel internacional, por que podrían decir , y con razón..... que la mejor forma de
evitar situaciones dudosas no es "reinterpretar" y que si se hubiera querido derogar el artículo el TC lo habría tenido
facilísimo. Pero claro, ¿y quién tiene huevos de denunciar al TC como instrumento prevaricador?¿y ante quién?!
Esto es como la violación de la Sirenita "¿pero porqué?¡¿pero por dónde?!"
Un saludo
particular...... es que el TC dice que lo que quieren decir determinados artículos del Estatut es "otra cosa". Pero claro,
dice lo que dice, no que el TC dice que quiere decir. Por lo tanto, aunque la aplicación literal de varios artículos del
Estatut vaya contra lo que el TC ha dicho que quieren decir.... como no les ha obligado a decir otra cosa, al final aplican
lo que el TC dice no respaldar, pero no cambia en su redacción. Vamos, algo impresentable. Aplicando la jurisprudencia
del TC tal y como el TC interpreta los artículos del Estatut, la mayor parte de las acciones de la Generalidad serían
ilegales. Pero como el TC ha renunciado a que se cumplan sus sentencias, por renunciar ha renunciado también a
cambiar los artículos y en su lugar los "reinterpreta".... Evidentemente la Generalidad se pasa por el forro la
reinterpretación y se ciñe a lo que está puesto bien clarito negro sobre blanco, y que el TC no ha obligado a cambiar, si
no a "reinterpretar". Aunque a efectos teóricos están obligados a usar la interpretación Constitucional, en la práctica es
dudoso incluso si se recurriera a nivel internacional, por que podrían decir , y con razón..... que la mejor forma de
evitar situaciones dudosas no es "reinterpretar" y que si se hubiera querido derogar el artículo el TC lo habría tenido
facilísimo. Pero claro, ¿y quién tiene huevos de denunciar al TC como instrumento prevaricador?¿y ante quién?!
Esto es como la violación de la Sirenita "¿pero porqué?¡¿pero por dónde?!"
Un saludo
Bueno, es que alguien que sólo sepa catalán sólo sirve para hacer ese tipo de trabajos
Enviado por speeds3 el día 16 de Julio de 2014 a las 16:51