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MATANZA DE MUSULMANES BOSNIOS

El TPI condena al general Radislav Krstic a 46 años de prisión por el genocidio de Srebrenica

El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia ha condenado a 46 años de cárcel al general serbobosnio Radislav Krstic, tras declararlo culpable de genocidio en relación con la matanza de miles de musulmanes bosnios en julio de 1995 en Srebrenica. Esta es la primera condena por genocidio pronunciada por el TPIY y de la primera sentencia en Europa por este delito desde el final de la Segunda Guerra Mundial.

L. D. / EFE.- El TPIY consideró a Krstic culpable de genocidio "por el asesinato de miles de musulmanes bosnios" de Srebrenica y lo condenó a 46 años de cárcel, la pena más severa dictada hasta ahora por esa corte.

La acusación pidió para Krstic la condena a cadena perpetua, la máxima pena que puede dictar el TPI, por cada uno de los ocho cargos presentados contra el general, quien fue detenido el 2 de diciembre de 1998 y se declaró no culpable de todos ellos. El juicio contra Krstic comenzó en marzo del año 2000 pero a mediados de enero pasado el tribunal anunció su aplazamiento indefinido por problemas graves de salud del inculpado, que pisó una mina en 1994, durante la guerra de Bosnia, por lo que tuvo que serle amputada parte de la pierna derecha.

Dos meses después, se reanudó el proceso, durante el que Krstic acusó a su ex jefe militar, Ratko Mladic, de la matanza de la población musulmana de Srebrenica, donde cerca de 7.000 personas desaparecieron y presumiblemente fueron ejecutadas por las fuerzas serbobosnias. Ratko Mladic está acusado por el tribunal internacional, junto al ex jefe político de los serbobosnios Radovan Karadzic, de genocidio y crímenes contra la Humanidad y de guerra. Ambos siguen prófugos de la Justicia.

Los fiscales consideran que han logrado probar que Krstic era uno de los máximos responsables de las fuerzas serbobosnias durante el tiempo en el que se cometieron las masacres en Bosnia y que éstas formaban parte de un plan de eliminación de los miembros de otras etnias distintas a la serbia en territorio bosnio. La defensa de Krstic pidió su absolución por todos los cargos y, aunque los abogados no negaron que los hechos sucedieran, los desvincularon con la definición de genocidio, tal como está incluida en los estatutos del TPIY.

Genocidio, para el tribunal, incluye varios actos cometidos para intentar “destruir, en todo o en parte, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”. Esa definición incluye el asesinato, daños corporales o mentales graves, crear deliberadamente condiciones de vida que conduzcan a la destrucción física total o parcial del grupo, imponer medidas que impidan que se produzcan nacimientos o trasladar a la fuerza a menores a otros grupos étnicos, nacionales, religiosos o raciales.

En el acta de acusación del tribunal, Krstic figura como subcomandante del Cuerpo Drina del ejército serbobosnio entre octubre de 1994 y julio de 1995; posteriormente asumió el cargo de general-mayor y el de máximo responsable de ese cuerpo. El Cuerpo Drina bombardeó ese mes de julio la zona de seguridad creada por la ONU en Srebrenica, que estaba bajo la protección de soldados holandeses.

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