
La prensa española y especializada recoge hoy no pocas noticias relacionadas con los usos y costumbres rayanos con la extorsión que tiene la Agencia Tributaria española. Por un lado, el Partido Socialista está buscando una subida que sólo podemos tildar de criminal a la vivienda. Por otro, quiere subir la base imponible en el IRPF para las imputaciones de renta en segundas viviendas entre 400 y 15.600 euros, y además propone que los ciudadanos extracomunitarios que quieran comprar viviendas en España tengan que pagar en Impuesto de Transmisiones Patrimoniales tanto como cuesta la casa. Vamos, que si quieren comprar una casa de medio millón de euros tendrán que pagar, de manera efectiva, otro medio millón de euros en impuestos.
¿Todo para qué? Para favorecer el alquiler de viviendas asequibles. Pues imagínense ustedes lo que pasará si elevan la imputación de rentas a segundas residencias. Probablemente saquen más vivienda de mercado y la que quede, tendrá que subir los precios para soportar el impacto fiscal. Como se dice en el refranero popular, es hacer un pan con unas tortas.
Además, en Libre Mercado nos cuentan cómo la Justicia vuelve a parar los pies a Hacienda. Fue el 18 de abril del año 2022 cuando comenzó este nuevo episodio de exceso del fisco contra el contribuyente. El origen de este periplo está en El Espinar (Segovia), donde un contribuyente y su cónyuge adquirieron por el precio de 300.000 euros una vivienda unifamiliar, con terreno unido. Un mes después, al presentar la declaración-liquidación (modelo 600) del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), estos ciudadanos se encontraron con la desagradable sorpresa de que Hacienda había determinado que su base imponible era de 609.891,93 euros, lo que resultaba una cuota de 55.989,19 euros. El ITP es un impuesto autonómico.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Libre Mercado, con fecha 3 de junio de 2022, el contribuyente afectado solicitó la rectificación del cálculo y la devolución del ingreso indebidamente cobrado por un importe de 30.989,19 euros, alegando que la base imponible del ITP debe ser el valor real (300.000 euros) y no el valor de referencia (609.891,93 euros).
A todo esto hay que sumar la macrocausa de Amsterdam And Partners contra Hacienda que comenzó a cuenta de la Ley Beckham y los abusos de hacienda a contribuyentes extranjeros que se establecieron en España, y que están ampliando a la casuística doméstica.

