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La ministra de Vivienda se hace un lío con el registro del alquiler turístico

En realidad, la normativa se aplica a aquellos arrendamientos comercializados a través de las plataformas digitales.

En realidad, la normativa se aplica a aquellos arrendamientos comercializados a través de las plataformas digitales.
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez. | EUROPA PRESS

Una vez más, desde el Gobierno parecen desorientados en relación con las regulaciones que ellos mismos aprueban. En este caso, ha sido la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, la que ha mostrado no tener claro el funcionamiento del nuevo registro del alquiler que ha entrado en vigor hoy. A este respecto, la ministra ha defendido que esta normativa se aplica a todos los pisos turísticos cuando, en realidad, sólo están obligados a registrarse aquellos que operen a través de plataformas digitales.

"A partir de este martes, 1 de julio, TODOS los alojamientos de corta duración deberán tener un número de registro para alquilar", ha señalado en un mensaje en redes sociales. Además, ha añadido que "sin esa 'matrícula' será ilegal alquilar una vivienda para uso turístico o de temporada".

Nuevo registro del alquiler

Este martes ha entrado en vigor el nuevo registro del alquiler, con el que España aplica la normativa europea sobre los alquileres de corta duración. Así, desde este 1 de julio, la normativa comienza a desplegarse plenamente después de haber finalizado el período provisional de seis meses concedido para que los alojamientos se registraran.

De esta forma, según el Ministerio, 94.209 solicitudes se han activado de manera definitiva, 102.732 lo están provisionalmente (pendientes de verificar por el Colegio de Registradores) y 15.575 han sido revocadas. En concreto, desde el pasado 1 de junio se han realizado un total de 134.364 solicitudes nuevas en este registro, de las que el 78,87% son para alquileres turísticos y el 21,13% para el alquiler de temporada.

Co todo, tras la entrada en vigor, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana comenzará a dictar resoluciones para requerir a las plataformas que den de baja aquellos anuncios que no tengan número de registro, sea este incorrecto o dado de baja por el Colegio de Registradores, entre otros.

¿A quién aplica?

"A partir de este martes, 1 de julio, TODOS los alojamientos de corta duración deberán tener un número de registro para alquilar", ha señalado en un mensaje en redes sociales la ministra de Vivienda. Además, ha añadido que "sin esa 'matrícula' será ilegal alquilar una vivienda para uso turístico o de temporada".

Sin embargo, en la propia web del Ministerio en la que se detalla toda la información disponible acerca del funcionamiento de esta Ventanilla Única Digital, se afirma que esta normativa afecta "a los alquileres de viviendas completas o habitaciones en modalidad de temporada o turísticos cuya comercialización se vaya a realizar a través de plataformas en línea de alquiler".

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Ministerio de Vivienda

Del mismo modo, en el Real Decreto por el que se regulaba el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se creaba la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos con el fin de recopilar los datos requeridos sobre el alquiler de corta duración, se explicita que el ámbito de aplicación de la norma "comprende tanto los servicios prestados por las plataformas en línea a anfitriones que prestan servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en España, (...), como los servicios de alquiler de alojamientos que prestan los anfitriones a través de las plataformas".

De hecho, en relación con el papel de las plataformas digitales en este materia, el propio Ministerio aclara que "deberán facilitar la inclusión del número de registro otorgado por el Colegio de Registradores, y que será gestionado por la ventanilla única digital, en cada anuncio publicado". Así, "dicho número será un requisito indispensable para la comercialización de las viviendas destinadas al alquiler de corta duración".

La realidad de los pisos turísticos

Dada la persecución que se ha llevado a cabo contra los pisos turísticos en nuestro país por parte de la izquierda política y mediática, a los que se culpa del alza de los precios de la vivienda en el centro de las grandes ciudades, cabe recordar que el impacto que éstos han podido suponer es casi nulo.

Precisamente a este respecto, en Libre Mercado hemos informado de que menos del 1% del parque de vivienda en España se destina al alquiler vacacional. Así lo confirmaba un estudio elaborado por Fotocasa Research en el que, al mismo tiempo, se destacaba que la proporción de inmuebles destinados al alquiler vacacional sobre el total del parque de vivienda "se trata de un porcentaje estable en el tiempo y que ha crecido de forma muy leve en los últimos años".

Por otra parte, el informe subrayaba que sólo el 3% de los compradores de vivienda tiene pensado adquirir un inmueble con el fin de dedicarlo al alquiler turístico. En consecuencia, para el organismo "las cifras constatan que el volumen de alquiler turístico es muy reducido, por lo que el verdadero problema del mercado no está en la prohibición del alquiler turístico, sino en la falta de vivienda disponible para dar respuesta a una demanda creciente y sostenida".

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