LD (Agencias)
El juez rechazó la solicitud ya que el propio magistrado se expidió en los años 1985 y 1990 sobre otras dos solicitudes de extradición que hiciera Francia por lo que, según Álvarez Canale, es "improcedente" volver a tratar el tema, asegurando que por otra causa abierta en Argentina, el juicio contra el ex marino está garantizado en el país. Álvarez Canale se refirió así al juicio a cargo del juez federal Sergio Torres quien investiga lo ocurrido en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) de Buenos Aires, uno de los mayores centros ilegales de detención y tortura que funcionaron durante la dictadura militar. Esa es una de las dos causas judiciales reabiertas en Argentina después de que el mes pasado el Parlamento declarase nulas las leyes de "Punto Final" y "Obediencia Debida", sancionadas a mediados de los años ochenta y que libraron de responsabilidad penal a un millar de militares.
Hace trece años, la justicia francesa condenó, en ausencia, a reclusión perpetua a Astiz por la desaparición de las monjas Leonie Duquet y Alice Domon durante la dictadura militar, pero reclama su extradición para volver a juzgarlo. En la segunda audiencia del juicio que se llevó a cabo en los tribunales de Bahía Blanca en la provincia de Buenos Aires, la fiscalía solicitó la extradición de Astiz "en representación del gobierno francés", mientras que la defensa ratificó su rechazo a ese pedido por considerar el tema como "cosa juzgada".
El fiscal general, Hugo Cañón, dijo a que el lunes se presentará un recurso ante la Corte Suprema de Justicia, apelando la decisión del juez. Cañón había solicitado la recusación de Álvarez Canale por considerar que el magistrado tenía una "posición tomada" sobre la extradición y que la hizo pública en declaraciones radiales. "La fiscalía pidió la recusación porque el juez se expidió en 1990 diciendo que el fallo de París (que condenó a Astiz a prisión perpetua) era totalmente nulo y no correspondía la extradición, por lo que ya tiene opinión formada. Además, el juez anunció por radio que si Astiz le solicitaba ser enjuiciado en Argentina, le iba a conceder ese pedido y no es propio de un magistrado anticipar lo que va a resolver", explicó el fiscal.
Cañón consideró inadmisible la actitud del magistrado y pidió la recusación que fue denegada hoy por el mismo Álvarez Canale. La fiscalía pidió entonces que se extradite a Astiz, conocido como "el ángel de la muerte", basándose en que en Argentina no se dan las garantías jurídicas necesarias para juzgar al ex marino.
Hace trece años, la justicia francesa condenó, en ausencia, a reclusión perpetua a Astiz por la desaparición de las monjas Leonie Duquet y Alice Domon durante la dictadura militar, pero reclama su extradición para volver a juzgarlo. En la segunda audiencia del juicio que se llevó a cabo en los tribunales de Bahía Blanca en la provincia de Buenos Aires, la fiscalía solicitó la extradición de Astiz "en representación del gobierno francés", mientras que la defensa ratificó su rechazo a ese pedido por considerar el tema como "cosa juzgada".
El fiscal general, Hugo Cañón, dijo a que el lunes se presentará un recurso ante la Corte Suprema de Justicia, apelando la decisión del juez. Cañón había solicitado la recusación de Álvarez Canale por considerar que el magistrado tenía una "posición tomada" sobre la extradición y que la hizo pública en declaraciones radiales. "La fiscalía pidió la recusación porque el juez se expidió en 1990 diciendo que el fallo de París (que condenó a Astiz a prisión perpetua) era totalmente nulo y no correspondía la extradición, por lo que ya tiene opinión formada. Además, el juez anunció por radio que si Astiz le solicitaba ser enjuiciado en Argentina, le iba a conceder ese pedido y no es propio de un magistrado anticipar lo que va a resolver", explicó el fiscal.
Cañón consideró inadmisible la actitud del magistrado y pidió la recusación que fue denegada hoy por el mismo Álvarez Canale. La fiscalía pidió entonces que se extradite a Astiz, conocido como "el ángel de la muerte", basándose en que en Argentina no se dan las garantías jurídicas necesarias para juzgar al ex marino.
