Menú
ANULA UNA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

La Audiencia Nacional abre la vía para reclamar al Estado por el anormal funcionamiento del TC

La Audiencia Nacional ha establecido que las actuaciones del Tribunal Constitucional pueden dar lugar, como sucede con el resto de los poderes públicos, a la declaración de la responsabilidad patrimonial del Estado, y que es el Consejo de Ministros el que debe resolver las reclamaciones que se presenten. El Estado tendrá, pues, la obligación de indemnizar a aquellas personas que hayan sufrido daños por el funcionamiento anormal del Constitucional.

L D (EFE) Así lo establece la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en una sentencia en la que anula una resolución del Ministerio de Justicia que -con el argumento de que el Constitucional no forma parte de la Administración de Justicia- rechazó la petición de indemnización de un ciudadano que se consideraba perjudicado por la actuación del Alto Tribunal.
 
La sentencia hace referencia al caso de un hombre que, tras ser condenado el 8 de junio de 1995 a cuatro años de prisión por la Audiencia Provincial de Albacete en una sentencia que adquirió firmeza un año después por decisión del Tribunal Supremo, solicitó al Constitucional la anulación de la pena al considerar vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.
 
Cuando interpuso el recurso de amparo, el 12 de junio de 1996, el hombre pidió también la suspensión cautelar de la pena para no tener que ingresar en prisión, pero el Constitucional no adoptó ninguna decisión al respecto hasta cinco años después, cuando ya había cumplido íntegramente la condena.
 
El 7 de abril de 2003, el Constitucional dictó sentencia estimando el recurso de amparo y anulando las sentencias penales que ya habían sido plenamente ejecutadas.
 
Estos hechos motivaron que el recurrente solicitase del ministro de Justicia una indemnización de 877.480,07 euros por la tardanza del Constitucional en resolver la suspensión cautelar solicitada, petición que fue desestimada por Justicia, que en ningún momento indicó cuál era el cauce adecuado ni el órgano competente que debía resolver sobre la demanda de responsabilidad.
 
Ahora, la Audiencia Nacional ha declarado que el principio general de responsabilidad de los poderes públicos, establecido en el artículo 9.3 de la Constitución, se extiende también al Constitucional, pues ni la Carta Magna ni su propia Ley Orgánica le eximen de dicha responsabilidad. Esa responsabilidad implica, entre otras, una garantía patrimonial que se concreta en la obligación del Estado de indemnizar a aquellas personas que hayan sufrido daños por el funcionamiento anormal del Tribunal Constitucional.
 
La sentencia concluye también que el órgano competente para resolver sobre este tipo de reclamaciones es el Consejo de Ministros, ya que aunque no hay ninguna previsión legal al respecto el Alto Tribunal es, al fin y al cabo, un órgano constitucional del Estado.
 
Por ello, la Audiencia Nacional anula la resolución del ministro de Justicia, que no se pronunciaba sobre este particular, y ordena que la reclamación presentada por el recurrente sea enviada al Consejo de Ministros para tramitarla y resolverla.
 
La Audiencia, en cualquier caso, no se pronuncia ni sobre si se produjeron dilaciones indebidas en la actuación del Constitucional ni sobre si procede conceder al recurrente la indemnización que solicita en su reclamación.
 
"Establecida la competencia del Consejo de Ministros para conocer de la misma, ni nos es posible indicar el sentido de su futura decisión, ni tampoco seríamos competentes para revisar la resolución que del mismo emane", lo que correspondería a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo", que controla los actos del Gobierno.
 
Añade, en el mismo sentido, que "no es posible entrar a analizar (...) la existencia de dilaciones indebidas imputables al Tribunal Constitucional ni, consiguientemente, resolver sobre la indemnización de daños y perjuicios solicitada, debiendo limitarse nuestro fallo a establecer la competencia del Consejo de Ministros para conocer de la misma".

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Curso
    • Inversión
    • Securitas
    • Buena Vida
    • Reloj Durcal