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La Fiscalía tomará declaración a los responsables de EiTB por ceder un espacio a ETA

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, ha citado para este miércoles a los máximos responsables de la televisión y la radio pública vascas en el marco de las diligencias abiertas para esclarecer la emisión el pasado jueves de una entrevista con tres representantes de la cúpula de ETA.

L D (EFE) Según informaron fuentes jurídicas, Fungairiño dictó este lunes un decreto citando -en calidad de "investigados"- al director general de Euskal Irrati Telebista (EITB), Andoni Ortuzar; al director de Euskal Telebista (ETB), Bingen Zupiria; y al director de Euskadi Irratia, Julián Beloki, quienes podrán declarar asistidos por un abogado de su confianza. Por el momento no hay imputación alguna.

El fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, instó el pasado viernes a la Fiscalía de la Audiencia Nacional a que abriera unas diligencias informativas "con el fin de esclarecer las circunstancias en que se produjo" la emisión por parte de la radiotelevisión pública vasca de una entrevista con miembros de ETA. La Fiscalía, según las fuentes consultadas, dispone ya de una trascripción de las manifestaciones realizadas por los etarras, y espera que EITB le remita antes del próximo miércoles una copia de la grabación emitida.

Enaltecimiento del terrorismo o colaboración con banda armada

Con las diligencias abiertas, el ministerio público trata de determinar si los responsables de este medio de comunicación pudieron cometer un delito de enaltecimiento del terrorismo o uno de colaboración con banda armada, al ceder espacio en su emisión a miembros de una organización terrorista que pidieron el voto para una determinada formación política.

La Fiscalía no descarta citar, también en calidad de "investigados" o "expedientados", a otros responsables de la EITB o del diario Gara, medio que también publicó la entrevista, si es necesario para esclarecer las circunstancias en las que se autorizó la emisión de la misma. El artículo 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal faculta a éste para, con el objetivo de esclarecer determinados hechos, "llevar a cabo u ordenar aquellas diligencias para las que esté legitimado según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (“LECrim”), las cuales no podrán suponer adopción de medidas cautelares o limitativas de derechos".

La “LECrim” prevé, por su parte, que el fiscal "decretará el archivo de las actuaciones cuando el hecho no revista los caracteres de delito", pero que, en caso de llegar a la conclusión de que existe materia punible, "instará del Juez de Instrucción la incoación del procedimiento que corresponda", por lo que las diligencias podrían desembocar en una denuncia o una querella.

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