La nueva Mesa del Congreso rechaza el recurso del PP contra la concesión de un grupo a ERC
La Mesa del Congreso formada tras la victoria electoral del PSOE ha rechazado, con los votos de PSOE, CiU e IU-ICV, el recurso presentado por el PP contra la constitución del grupo parlamentario de ERC. EL PP considera una "violación evidente de la legalidad" que ERC forme grupo cuando no supera el mínimo de porcentaje de votos para ello. Así, no se descarta llevar el recurso hasta el Tribunal Constitucional. Mientras, desde CiU, se califica la decisión de la Mesa como "oportuna, necesaria y justa".
La socialista Carme Chacón (PSOE), vicepresidenta primera del Congreso, comunicó la decisión al término de la reunión mantenida por el órgano rector de la Cámara después de que la Junta de Portavoces también se pronunciara al respecto. Por su parte, el portavoz del PP en el Congreso, Eduardo Zaplana, anunció la disposición de su grupo de recurrir ante el Tribunal Constitucional la resolución dictada por la Mesa.
El PP alegó en su escrito de reconsideración que ERC, la cuarta fuerza política del Congreso, no reunía los requisitos para formar grupo ya que no superó el 15 por ciento de los votos en las tres circunscripciones de la Comunidad Valenciana en las elecciones del pasado 14 de marzo. De hecho, les separa un abismo de ese límite al haber obtenido el 0,49 por ciento. La formación independentista republicana tampoco superó, por unas décimas, el listón del 15 por ciento en la circunscripción de Barcelona. Obtuvo el 14,16 por ciento.
Según el PP, a pesar de la distinta denominación con la que ERC concurrió en las dos Comunidades Autónomas, –ERCPV– se trata del mismo partido en ambos casos ya que así consta en el Registro de Partidos del Ministerio del Interior. Además, ambas denominaciones contaron con el mismo apoderado en Cataluña y en Valencia.
El Reglamento permite la formación de grupos parlamentarios cuando se trate de un mínimo de cinco diputados, siempre que hayan obtenido el cinco por ciento de los votos en el total estatal o el quince por ciento de los sufragios "correspondientes a las circunscripciones en las que hubieren presentado candidatura".
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