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Pedreira asume la tesis del fiscal sobre la financiación ilegal del PP de Camps

En el auto de inhibición el instructor de Madrid, Antonio Pedreira, hace suya la demoledora “argumentación jurídica” del Ministerio Fiscal contra el Gobierno de Francisco Camps. El auto apunta a una financiación irregular del PP valenciano en relación con la trama Gürtel.

En las 20 páginas de auto de inhibición el instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, hace suya la demoledora “argumentación jurídica” del Ministerio Fiscal contra el Gobierno de Francisco Camps. El auto refleja las múltiples irregularidades en torno a la financiación del PP valenciano y su relación con la trama Gürtel.

De esta forma, el instructor ha dado este miércoles traslado al Tribunal Superior de Justicia de Valencia para que investigue al gobierno regional a raíz de la existencia de diversos informes de la policía judicial, la Fiscalía Anticorrupción, la Agencia Tributaria y la Intervención General de Administración del Estado (IGAE). Aunque no aparece el delito de “financiación ilegal” tipificado como tal, la resolución judicial está plagada de indicios que apuntan en esa dirección. Se detallan movimientos fraudulentos con facturas falsas, contrataciones irregulares y una caja B en la formación que dirige Francisco Camps.

Así, el juez instructor del caso Gürtel ha acordado la inhibición parcial a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal autonómico ante la “conexión” con la investigación que sigue en dicho tribunal por un presunto delito de cohecho impropio conocido como el caso de los trajes de Camps. En este sentido, Pedreira asume la tesis del fiscal que subraya que “las diferentes unidades de auxilio judicial han puesto de manifiesto numerosos datos e indicios que no pudieron ser tomados en consideración por el instructor de Valencia” José Flors ni por el Tribunal valenciano presidido por Juan Luis de la Rúa cuando el pasado mes de agosto decretó el sobreseimiento libre de la causa. Por su parte, es menester recordar que el 17 de mayo el Sala de lo Penal Tribunal Supremo ordenó reabrir el caso de los trajes.

Asimismo, en el auto el juez Pedreira esgrime que esta decisión está encaminada a evitar la prescripción de los supuestos delitos electorales que se desprenden de los informes sobre las pretendidas relaciones entre empresas de Francisco Correa y la Administración Pública Valenciana. Además, añade que la inhibición se realiza ante la posibilidad de que haya una interrelación entre los presuntos delitos que se investigan ya en Valencia y los investigados en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Numerosos indicios

Reza el auto que dichos informes, avalados por el Fiscal, “destacan las numerosas irregularidades en la contratación entras las empresas vinculadas a Francisco Correa y la Administración Valenciana durante los años 2004 a 2009; estas infracciones podrían estar relacionadas con pagos o regalos efectuados a aquellas personas que intervinieron en la citada contratación”. El eje operativo principal de la trama corrupta y el PP de Camps sería la empresa Orange Market.

Una de estas irregularidades es la llevada a cabo presuntamente durante la campaña electoral de las elecciones autonómicas y locales de mayo de 2007. “Entre la documentación intervenida resultan de especial relevancia unos archivos informáticos incautados en la sede de Orange Market que reflejarían un detallado seguimiento del importe, coste, y pagos de los servicios prestados a esa sociedad por el PPCV”.

Según los informes de la Policía Judicial y la Agencia Tributaria, que asume Pedreira, la facturación de la campaña electoral se realizó a través de dos cuentas: una, la de “la deuda oficial o Alicante” y, otra, “la deuda oculta o Barcelona” donde “no se han encontrado las facturas físicas que podrían sustentar documentalmente esos pagos por importe de más de dos millones y medios de euros”. “Estos pagos no habrían sido reflejados en las cuentas formuladas por el Partido Popular de la Comunidad Valenciana como tampoco lo habrían sido aquellos pagos que fueron efectuados por distintas mercantiles y no por el verdadero deudor, el PPCV”, sostiene el auto.

Varios delitos

Estos hechos podrían ser constitutivos de un delito electoral. Asimismo, el juez también advierte que de los informes de la Agencia Tributaria se podría desprender -"se encuentra pendiente"- que otros hechos de la facturación de Orange Market desvelasen un posible delito electoral vinculado al administrador general del PP en las elecciones de 2008, las elecciones generales.

No obstante, no es el único delito que el fiscal percibe y al que el instructor da traslado. Las diversas irregularidades podrían ser constitutivas además de un delito de cohecho, de fraude fiscal, de prevaricación y de falsedad de documento mercantil.

Según sostiene el Ministerio Público, en estas actividades habría participado el ex tesorero del PP, Luis Bárcenas, y su homóloga regional en la Comunidad Valenciana, Cristina Ibáñez. Con ellos cooperarían Ricardo Costa, ex secretario general del PP y diputado regional de Valencia, Vicente Rambla, vicepresidente primero del Gobierno valenciano y titular de Industria, David Serra,  vicesecretario general, y dos personas cuyos identificativos se corresponden con “el cantante” y “el príncipe”.

En este punto, el instructor madrileño, siguiendo la petición de la fiscalía, destaca el que "la correcta calificación jurídica de los hechos atribuidos a los imputados en el procedimiento" de Valencia impone "su investigación conjunta con la contratación de Orange Market S.L., tanto con el PP de Valencia como con la Administración de dicha comunidad autónoma", a fin de "comprobar la posible relación entre los regalos investigados en el procedimiento tramitado ante el TSJ de Valencia y los cargos que ocupaban en el PP y en la Generalidad valenciana Rafael Betoret --ex jefe de gabinete de la consejería de Turismo--;  Víctor Campos --ex vicepresidente del Consejo de la Generalidad--; Ricardo Costa -- y Francisco Camps".

La inhibición ante el tribunal valenciano no supone prejuzgar penalmente a las personas aforadas sino que responde a la imposibilidad de que el TSJ de Madrid instruya esta causa contra personas aforadas en otra comunidad autónoma. Ahora, será el instructor valenciano José Flors quien deberá pronunciarse sobre dicha inhibición.

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