Ya hace algún tiempo que en la Audiencia Nacional se conocía a la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal como la “sección de puertas abiertas”, porque los presos relacionados con ETA que tenían la suerte de recaer en ella salían en libertad. La excarcelación de Pepe Rei, la liberación, en abril, de la primera tanda de miembros de EKIN, y de la segunda —hace sólo una semana— han transformado el jocoso mote en una definición precisa, ajustada a los hechos.
Parecía que no era posible ahondar más en el despropósito (sobre todo cuando el Parlamento Europeo ha incluido en la lista de organizaciones colaborantes con el terrorismo a EKIN). Sin embargo, la famosa Sección Cuarta concedió el pasado sábado a Carlos Ruiz de Santamaría —acusado de introducir en España más de 10 toneladas de cocaína, delito para el que el fiscal solicita 60 años de prisión— la libertad bajo fianza de ¡cinco millones de pesetas!, apoyándose en el informe de un psiquiatra de la prisión de Valdemoro, quien le diagnosticaba al acusado un “trastorno bipolar de la conducta” (manía depresiva), para el que recomendaba tratamiento ambulatorio (sin internamiento en un centro penitenciario especial). Ruiz de Santamaría, quien debía presentarse ante el juzgado más próximo cada quince días, justificando haber recibido el tratamiento prescrito, se encuentra en paradero desconocido, por lo que la Sección Cuarta no ha tenido más remedio que dictar orden internacional de busca y captura.
Summa iuria, summa iniuria, decían los romanos. El exceso de celo garantista de los magistrados de la Sala Cuarta — Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero— produce aberraciones que se dan de bruces con el sentido común. La legislación vigente prevé la posibilidad del no internamiento en centros penitenciarios especiales de los reclusos afectados de enfermedad mental. Pero en ningún caso prescribe que el tratamiento ambulatorio deba ser realizado fuera del centro penitenciario, sobre todo si se tienen en cuenta los avances de la farmacopea en este campo. Además, en cualquier caso, el informe médico no es vinculante, pues la decisión última corresponde al juez; y en este caso, dada la magnitud de la pena, el riesgo de fuga era evidente.
Los “patinazos” de la Sección Cuarta serían difíciles de explicar —sobre todo cuando Cezón ha sido juez de vigilancia penitenciaria— si no se diera la circunstancia de que tanto Cezón como López Ortega —notorios “progresistas” afines al PSOE— , mantienen una sorda rencilla particular con Garzón —juez instructor tanto de los casos de Pepe Rei, como de los de EKIN y este último— sobre criterios acerca de la lucha antiterrorista. El propio Carlos Ollero —que en los casos de EKIN sí conservó el sentido común— ha manifestado que sus compañeros “viven de espaldas al terrorismo” y ha acusado a la Sala de “cercenar la instrucción de Garzón”. Al parecer, tanto Cezón como López Ortega necesitan ver al etarra con el detonador en la mano y la pistola humeante para dar crédito a las instrucciones de Garzón... a no ser que —como la Asociación de Víctimas del Terrorismo instaba a investigar al CGPJ— las decisiones de estos jueces estuvieran condicionadas por el miedo.
Es difícil saber si en un caso tan flagrante como el de Ruiz de Santamaría, la Sala Cuarta se ha dejado llevar por la costumbre de enmendarle la plana a Garzón, o bien por una interpretación excesiva del in dubito, pro reo (tan frecuente en los “progresistas”, cuya medida de las garantías que el sistema judicial ofrece parece ser el número de delincuentes excarcelados). Pero lo que parece evidente es que la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional, cuya razón de ser es juzgar con rigor los delitos especialmente graves (terrorismo y narcotráfico) sin que influyan en los magistrados circunstancias locales de coacción o intimidación, ha dejado de ser una “Sala de puertas abiertas” para convertirse en una “puerta giratoria”. Ante semejante despropósito, el CGPJ y el Gobierno deben tomar nota de que algo tiene que cambiar: la ley, el sistema de selección de los magistrados, el procedimiento de instrucción de los casos... lo que sea. Las víctimas de los terroristas y de los narcotraficantes merecen un mínimo respeto.
Todos los derechos reservados
!-->

