Menú
EDITORIAL

Jueces independientes... de la ley

Es sabido que el “celo garantista” de algunos jueces autodenominados progresistas —que ascendieron meteóricamente al Olimpo judicial en la época felipista— ha malogrado alguna que otra instrucción —quizá no todo lo escrupulosa y fundamentada que exigiría la perfección olímpica— contra etarras y similares. La tristemente célebre Sección Cuarta de la Audiencia Nacional fue un buen ejemplo de ello.

Por desgracia, parece que la “fiebre garantista” en lo relativo al terrorismo etarra ha migrado en forma aún más virulenta a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, donde tampoco faltan magistrados “progresistas” como el defraudador Bacigalupo, Perfecto A. Ibáñez (cofundador de “Jueces para la Democracia”) y García Delgado (partidario de la redención de penas por el trabajo). Hasta el otrora ponderado Luis Román Puerta (que en su día votó a favor de la imputación de Felipe González en el caso GAL) parece que también se ha contagiado de esta extraña fiebre que ya padecían sus colegas Perfecto A. Ibáñez y García Delgado, con quienes ha firmado el auto de archivo de la querella contra Otegui por apología del terrorismo presentada por la Fiscalía del Tribunal Supremo.

El Art. 578 del Código Penal deja bien claro que “el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código [delitos de terrorismo] o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años”. No obstante, estos tres magistrados consideran que, como los vítores a ETA de Arnaldo Otegi se produjeron en territorio francés (San Juan de Luz), el delito cae fuera de la jurisdicción española.

Sin embargo, el Art. 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (invocado por la fiscalía y el mismo en el que se basó Garzón para procesar a Pinochet) declara de forma nítida que “igualmente será competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la Ley penal española, como alguno de los siguientes delitos”, entre los que se incluye el de terrorismo.

Pero Román Puerta, Perfecto A. Ibáñez y García Delgado insisten en que la apología del terrorismo no es el mismo delito que el terrorismo en sí. Puede ser, pero ambos forman parte de la misma categoría y del mismo fin, como demuestra el hecho de que durante el mitin de Otegi subieran al estrado dos encapuchados que desplegaron un logotipo de ETA y distribuyeron un comunicado de la banda donde ésta se reafirmaba en su voluntad de seguir matando. A lo que cabe añadir los antecedentes del propio Otegi: una condena a 6 años de cárcel (de los que cumplió 3) por colaborar en el secuestro del empresario Luis Abaitúa, así como su procesamiento por el secuestro de Javier Rupérez y por el intento de secuestro de Gabriel Cisneros, sin olvidar su pertenencia a ETA político militar desde 1977 a 1981, de la que habría formado parte del comité ejecutivo, para ingresar después en ETA militar.

No parece que haya sido la intención de los legisladores españoles perseguir la apología del terrorismo (recientemente incorporada al Código Penal) y aprobar una ley que permita ilegalizar un partido político que la practica a diario, para dejar después de perseguirla cuando ésta se produce fuera de nuestras fronteras. Y esta es, precisamente, la labor de un juez: interpretar rectamente cuál ha sido la voluntad y la intención de los legisladores, representantes de la voluntad popular. El Poder Judicial ha de ser independiente, pero no hasta el punto de rescribir la ley o rehuir su aplicación, como pone de manifiesto una de las frases del escrito por el que archivan la querella: la apología del terrorismo “a veces es impune y con frecuencia conoce sólo formas atenuadas de persecución”. En otras palabras: como la ley no se cumple, dejemos de aplicarla. Eso es, precisamente, lo que quieren oír Otegi y los suyos.

En España

    0
    comentarios