El TC ha decidido mediante auto —del que sólo se conoce el fallo y algún dato parcial— rechazar, por siete votos contra cinco, la impugnación de los acuerdos que iniciaban la tramitación parlamentaria del Plan Ibarretxe. La razón decisiva del auto es que la iniciativa del anterior Gobierno del PP fue “extemporánea” al no esperar a que el Plan Ibarretxe se plasmara en una ley o propuesta de ley aprobada por la Cámara. Sólo entonces —a juicio de la mayoría de los magistrados— habría materia impugnable.
Aunque este auto no debe hacer dudar a nadie de la inconstitucionalidad de fondo del plan secesionista —que ningún magistrado cuestiona—, sí nos sorprende que una cuestión de forma, en principio tan clara como si, junto a las leyes, el Tribunal Constitucional pueda o no enjuiciar la constitucionalidad de los acuerdos e iniciativas previos a su tramitación parlamentaria, haya tardado casi medio año en resolverse y haya dividido de tal forma a los componentes del Alto tribunal.
Conviene, pues, esperar a conocer el auto y las alegaciones que se harán públicos el próximo miércoles para evaluar una u otra postura. En cualquier caso y aun a riesgo de ser también “extemporáneos”, lo que sí cabe advertir ya es del riesgo de que estos aspectos formales sean utilizados en el futuro como argumentos de fondo.
Hay que recordar que el PSOE no respaldó al Gobierno en esta impugnación en plena campaña electoral catalana cuando ya se sabía que los independentistas de ERC tendrían la llave del Gobierno catalán. También apeló a cuestiones de forma para no respaldar al Gobierno.
Es verdad que Zapatero rechazó el Plan Ibarretxe en su investidura, como ahora, tras conocerse el fallo, ha seguido rechazándolo el nuevo ministro de Justicia, López Aguilar. Sin embargo, este rechazo no puede servir de pasaporte para que el PSOE pueda ante la opinión pública ofrecer al PNV fórmulas de acuerdo entorno al no menos inconstitucional proyecto de reforma estatutaria que insta Maragall en colaboración de nacionalistas e independentistas catalanes. La reforma constitucional que reclaman los socialistas para darle cabida, simplemente, no podrá llevarse a cabo sin el acuerdo del Partido Popular. Pero con el precedente de la sentencia que hoy nos ocupa, el PP tampoco podría en el futuro abortar o impugnar ante el Tribunal Constitucional los acuerdos y los tramites que pondrían en marcha los partidarios del nuevo e inconstitucional estatuto catalán. El PP tendría que esperar y contemplar maniatado cómo la reforma del estatuto catalán va tomando forma, tramite a trámite —referéndum incluido— sin poder impedirlo judicialmente hasta que no se aprobara.
Si resiste y combate la presión política y mediática y, sobre todo, sus “complejos Piqué”, el PP podría al final recurrir al Tribunal Constitucional para que rechazara el nuevo Estatuto Catalán. Ni que decir tiene que la presión se dirigiría entonces, desatada y multiplicada, contra unos magistrados de los que ahora tenemos que esperar y confiarlo todo a cuestiones de forma.
El PP de Rajoy tiene ante sí todos los frentes abiertos contra lo que ha sido el discurso político de su partido, incluida la continuidad de España como nación. Nunca nadie que venía como heredero de una gestión va a necesitar tanto defender, explicar y reforzar unas ideas.

