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Pedro de Tena

Y el delito de amenazas, también a la papelera

España se ha convertido en una nación y un Estado en el que las amenazas a un gobierno legal y legítimo funcionan y sus autores obtienen lo que pretendían con toda impunidad.

España se ha convertido en una nación y un Estado en el que las amenazas a un gobierno legal y legítimo funcionan y sus autores obtienen lo que pretendían con toda impunidad.
Carles Puigdemont. | Europa Press

Recordó Inocencio Arias cómo la nutrición asistida al grupo terrorista canario MPAIC sirvió a Argelia para, tras el engorde de su enemigo marroquí tras la huida española del Sahara, intentar chantajear a España. La amenaza visible era fomentar la independencia de nuestras Islas Afortunadas y, de paso, disponer de una salida al mar que les cerraba Hassan II. A Argelia, aliada de la URSS, le interesaba más "que el Sahara desapareciera literalmente engullido por las aguas del Atlántico antes que verlo en manos de Marruecos".

Es un ejemplo, que hay miles. Podemos usar, como es el caso, la palabra "chantaje" en lenguaje coloquial y entonces significa que alguien es capaz de obligar a otro a hacer algo que no debe ni quiere por temor a la amenaza proferida por el chantajista. O sea, es un método para violentar a una persona, atemorizándola con revelar hechos que podrían acabar con su prestigio, con su situación vital, con su cargo público o con algo apreciado por ella.

Hay quien escribe que el delito de chantaje está presente en el Código Penal Español, pero no es así. Está incluido implícitamente en su Capítulo II, artículo 169 y siguientes, que versa sobre las amenazas. "El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado" con relevantes penas de prisión.

Nada menos que cárcel de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza y el delincuente hubiere conseguido su propósito, especialmente si las hizo por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.

Acaban de celebrarse las elecciones en Cataluña y sólo un día después, por lo que va quedando de España van y vienen usos muy parecidos a las amenazas que, como se ha comprobado, tuvieron efecto contundente hace bien poco tiempo. Recuérdese que, para mantener el gobierno de España conocido popularmente como Frankenstein, o el gobierno del Muro de Moncloa contra más de la mitad de España, —amenazado de disolución por el prófugo Puigdemont—, Pedro Sánchez cedió de todo al fugado en Waterloo ("exiliado" le han llamado en RTVE, jajaja).

Un recordatorio. Tras las amenazas públicas y publicadas —porque de las privadas, quién sabe, el gobierno se avino a registrar la Ley de Amnistía registrada en el Congreso. Esa Ley, que deberá prosperar sí o sí y cuanto antes, afectará a centenares de causas abiertas contra golpistas del 1-O de 2017 por desobediencia, malversación agravada, prevaricación, falsedad documental, revelación de secretos y muchos delitos más. Singularmente afectará a la causas contra el propio Puigdemont procesado por algunos de ellos en el Tribunal Supremo e investigado por terrorismo en la Audiencia Nacional. Y no se olviden los delitos por responsabilidad contable, por eso de la pela.

España se ha convertido en una nación y un Estado en el que las amenazas a un gobierno legal y legítimo funcionan y sus autores obtienen lo que pretendían con toda impunidad. Negociar es una cosa y amenazar es otra.

Repasemos el Código Penal en este caso concreto. ¿Se amenazó o no a un gobierno de España con provocar su caída si no aceptaba transigir alterando preceptos y leyes que afectaban a la libertad de los españoles, su honor, su patrimonio e incluso el orden socioeconómico para beneficiar a los autores de las amenazas?

Por tanto, si ahora el delincuente fugado amenaza con presentarse a la investidura para presidir Cataluña y además amenaza al gobierno de Sánchez con dejarlo caer si no acepta su dictado, ¿qué se hará? Al fin y al cabo, y no ha bromeado, el PSOE y Junts han sido segundas fuerzas en las elecciones de cada ámbito, en 2023, generales, y ahora en 2024, catalanas. ¿Por qué el PSOE pudo obtener la presidencia del gobierno de España con unos aliados y Junts no puede conseguir la presidencia de Cataluña con los mismos aliados, en bloque o en parte?

Si tal humillación, o algo peor, a la democracia española se permite, propongo solemnemente que revisemos también el delito de amenazas en el Código Penal. O que lo tiremos a la papelera, directamente.

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