La ley que corresponde aplicar en este caso es la ley de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Protección a los Consumidores del Ayuntamiento de Madrid, en concreto su artículo 124.14. Este precepto habla de la "negativa injustificada a satisfacer las demandas del consumidor producidas de buena fe o conforme al uso establecido, cuando su satisfacción esté dentro de las disponibilidades de vendedor o prestador de un servicio, así como de cualquier forma de discriminación con respecto a las referidas demandas".
Villanueva no quiso anticipar plazos para la resolución del expediente "hasta saber si los afectados están dispuestos a participar" y señaló que "si no, ya actuaríamos de oficio". Respecto a la petición del portavoz municipal del PSOE, Oscar Iglesias, para que el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, emprenda "acciones legales" contra la Fundación Operística de Navarra, cuya sede, un palacete, acoge ese restaurante, Villanueva declaró que el concejal socialista "puede exigir lo que crea oportuno y conveniente pero en este caso la responsabilidad es mía".
"Lo que nosotros esperábamos era un plazo prudente de tiempo para ver si llegaba al Ayuntamiento algún tipo de denuncia por parte de estos afectados. Puesto que han transcurrido varios días y no ha llegado -manifestó- lo que hacemos es proceder a la apertura de expediente informativo y conceder trámite de audiencia".
