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SE CONSIDERARÁ LA ATENUANTE DE ARREBATO

El Supremo anula la sentencia por el asesinato de "El Mataviejas"

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca en la que condenaba a 13 años de cárcel a los presos que mataron de 89 cuchilladas en el patio de la cárcel salmantina de Topas a José Antonio Rodríguez Vega, apodado "El Mataviejas", que cumplía condena por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander en los años 80. Asimismo, ha ordenado dictar una nueva sentencia en la que la Audiencia Provincial de Salamanca se pronuncie sobre la atenuante de arrebato y obcecación.

L D (Europa Press) La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en 2004 a Enrique Del Valle, a Daniel Rodríguez Obelleiro y a Felipe Martínez Gallego a 13, 13 y 5 años de prisión, respectivamente, por matar de 89 puñaladas al apodado "El Mataviejas", condenado por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander. Los condenados no quedaron conformes con aquel fallo y anunciaron que recurrirían.
 
El Supremo secunda así la misma tesis que ya defendió con anterioridad el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cuando ordenó a la Audiencia salmantina dictar nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante. La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Enrique Del Valle González y a Daniel Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión y a Felipe Martínez Gallego a cinco años por matar de 89 puñaladas, en el patio de la cárcel salmantina de Topas, a José Antonio Rodríguez Vega, apodado 'El Mataviejas', que cumplía condena por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander en los años 80.
 
Los tres recurrieron entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, órgano que desestimó el recurso de Martínez Gallego, ahora fallecido y tuvo en cambio en cuenta el de los otros dos acusados, para los cuales ordenó a la Audiencia dictar una nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante muy cualificada de arrebato y obcecación. Los condenados no quedaron conformes con aquel fallo y anunciaron que lo recurrirían, pero al final sólo Enrique del Valle González lo formalizó. Sin embargo, el Tribunal Supremo asegura ahora, en una sentencia hecha pública este lunes, que "no ha lugar" para el recurso de casación y ratifica por tanto la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
 
La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Del Valle González y Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante analógica de alteración mental. A Martínez Gallego, fallecido el pasado mes de enero, le imponía 5 años de cárcel al considerarle cómplice del mismo delito, concurriendo las mismas circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Según la Audiencia Provincial de Salamanca, los tres condenados sufrían trastornos de la personalidad.
 
Los dos agresores alcanzaron con sus cuchilladas a Rodríguez Vega en la cabeza, cuello, brazos, pecho, espalda y tronco, "hasta sembrar todas esas partes del cuerpo con 89 puñaladas", falleciendo por pérdida de sangre de sus órganos vitales. Mientras los otros dos le apuñalaban, el tercer agresor, Martínez Gallego, golpeaba con un "calcetín relleno con algo contundente" en la cabeza de su víctima. Los tres procesados se encontraban en un módulo de aislamiento de la cárcel para presos en primer grado de peligrosidad. Un vigilante de la prisión que vio la agresión pidió ayuda a un compañero, aunque entre los dos no pudieron evitar el apuñalamiento, ya que los acusados les amenazaban con sus cuchillos y los funcionarios carecían del casco, el chaleco y las defensas de su equipo de protección.

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