L D (Europa Press) La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en 2004 a Enrique Del Valle, a Daniel Rodríguez Obelleiro y a Felipe Martínez Gallego a 13, 13 y 5 años de prisión, respectivamente, por matar de 89 puñaladas al apodado "El Mataviejas", condenado por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander. Los condenados no quedaron conformes con aquel fallo y anunciaron que recurrirían.
El Supremo secunda así la misma tesis que ya defendió con anterioridad el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cuando ordenó a la Audiencia salmantina dictar nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante. La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Enrique Del Valle González y a Daniel Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión y a Felipe Martínez Gallego a cinco años por matar de 89 puñaladas, en el patio de la cárcel salmantina de Topas, a José Antonio Rodríguez Vega, apodado 'El Mataviejas', que cumplía condena por violar y asesinar a un elevado número de ancianas en Santander en los años 80.
Los tres recurrieron entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, órgano que desestimó el recurso de Martínez Gallego, ahora fallecido y tuvo en cambio en cuenta el de los otros dos acusados, para los cuales ordenó a la Audiencia dictar una nueva sentencia en la que se evaluara la atenuante muy cualificada de arrebato y obcecación. Los condenados no quedaron conformes con aquel fallo y anunciaron que lo recurrirían, pero al final sólo Enrique del Valle González lo formalizó. Sin embargo, el Tribunal Supremo asegura ahora, en una sentencia hecha pública este lunes, que "no ha lugar" para el recurso de casación y ratifica por tanto la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La Audiencia Provincial de Salamanca condenó en diciembre de 2004 a Del Valle González y Rodríguez Obelleiro a 13 años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante analógica de alteración mental. A Martínez Gallego, fallecido el pasado mes de enero, le imponía 5 años de cárcel al considerarle cómplice del mismo delito, concurriendo las mismas circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Según la Audiencia Provincial de Salamanca, los tres condenados sufrían trastornos de la personalidad.
