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LE ABSUELVE DE PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN DE 58 MIL EUROS

El Tribunal Supremo absuelve a Altadis de una demanda por tabaquismo

El Tribunal Supremo ha ratificado, con carácter definitivo, una sentencia de junio de 2002 de la Audiencia Provincial de Madrid y ha absuelto a Altadis de una demanda que vinculaba el consumo de tabaco a la enfermedad denominada "síndrome de Buerger". Según la compañía, el auto emitido por el Tribunal Supremo le absuelve también de pagar una indemnización de 58.000 euros, solidariamente con el Estado.

El Tribunal Supremo ha ratificado, con carácter definitivo, una sentencia de junio de 2002 de la Audiencia Provincial de Madrid y ha absuelto a Altadis de una demanda que vinculaba el consumo de tabaco a la enfermedad denominada "síndrome de Buerger". Según la compañía, el auto emitido por el Tribunal Supremo le absuelve también de pagar una indemnización de 58.000 euros, solidariamente con el Estado.
LD (Agencias) La compañía tabaquera recordó que la demanda fue presentada contra la entonces Tabacalera (ahora Altadis) y la Administración del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda) en octubre de 1998, que se resolvió en abril del 2000 con una sentencia que fue la primera por tabaquismo en España. Indicó que el auto emitido ahora por el Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación presentado por el demandante, por lo que coincide con la Audiencia Provincial de Madrid en la inexistencia de una relación causal entre el consumo de tabaco y la enfermedad.

Altadis indicó que ha sido absuelta en las sentencias dictadas hasta la fecha, que coinciden en subrayar fundamentalmente el conocimiento general del tabaco como factor de riesgo individual y voluntario y la falta de una relación directa de causalidad.

Altadis reiteró que siempre ha cumplido las normativas europeas vigentes en cada momento para la fabricación y comercialización de sus productos, con un riguroso control de calidad y con la observancia de las normas sanitarias

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