L D (EFE) La Orden con la lista de estas plantas, elaborada por el ministerio de Sanidad y Consumo, ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor dentro de tres meses.
Los nombres comunes de algunas de estas plantas que serán prohibidas o restringidas son los siguientes: Regaliz americano; Anémona de los Bosques; Pulsatilla y Nemorosa; Belladona, Jazmín del Paraguay; Laurel amarillo; Cáñamo, Cannabis; Alhelí amarillo y Cicuta.
Otras plantas son: Lirio de los valles; Violeta bulbosa; Pepino amargo o Pepino del diablo; Floripondio;Túnica de Cristo; Ayahuasca o Liana de la muerte; Jalapa; Romero silvestre;Tuya; Hierba de Santiago; Mandrágora; Adelfa; Peonia; Adormidera; Linterna china; Saponaria y el Cactus de San Pedro.
En la Orden se explica que el auge del comercio y uso de las plantas con fines medicinales que se está produciendo en los últimos años aconseja el desarrollo de esta previsión legal con el fin de garantizar un elevado nivel de protección para la salud de los consumidores.
Los nombres comunes de algunas de estas plantas que serán prohibidas o restringidas son los siguientes: Regaliz americano; Anémona de los Bosques; Pulsatilla y Nemorosa; Belladona, Jazmín del Paraguay; Laurel amarillo; Cáñamo, Cannabis; Alhelí amarillo y Cicuta.
Otras plantas son: Lirio de los valles; Violeta bulbosa; Pepino amargo o Pepino del diablo; Floripondio;Túnica de Cristo; Ayahuasca o Liana de la muerte; Jalapa; Romero silvestre;Tuya; Hierba de Santiago; Mandrágora; Adelfa; Peonia; Adormidera; Linterna china; Saponaria y el Cactus de San Pedro.
En la Orden se explica que el auge del comercio y uso de las plantas con fines medicinales que se está produciendo en los últimos años aconseja el desarrollo de esta previsión legal con el fin de garantizar un elevado nivel de protección para la salud de los consumidores.
