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ANÁLISIS DE 1.500 CASOS

Un estudio constata la tendencia de los tribunales a minimizar las penas por violencia doméstica

Los tribunales tienden a minimizar "al máximo" las penas impuestas en los casos de violencia doméstica y en "muchas ocasiones" dictan sentencias absolutorias, según un estudio presentado este jueves por la Asociación de Mujeres Juristas Themis, basado en el análisis de 1.500 procedimientos penales y civiles.

L D (EFE) El trabajo se centró en los casos tramitados por los juzgados de Castilla-La Mancha en 1999 y 2000, pero sus conclusiones son "extrapolables" al resto del país, dado que la formación de los jueces es "igual en todas partes" y se constata en la comparativa realizada con un estudio similar de Themis en la Comunidad de Madrid, explicó su presidenta, Angela Alemany.

A diferencia de otros estudios de jurisprudencia habidos hasta el momento, este análisis se hace desde el inicio hasta la finalización de los procesos, obteniendo así una radiografía del tratamiento judicial en relación con la violencia familiar y el impago de las pensiones. De acuerdo al documento, los tribunales tienden a dictar la pena en su grado mínimo y cuando pueden optar entre arresto de fin de semana y multa generalmente se inclinan por esta última. Así, en los juicios de faltas condenatorios analizados se impone la pena de multa en el 79 por ciento de los casos y sólo en el 21 por ciento el arresto.

En los procedimientos por agresión finalizados en los juzgados de instrucción, el 75 por ciento de las sentencias fueron absolutorias, "quedando impunes las infracciones penales leves, lo que obedece a que aún hay un sentimiento generalizado de que dichas conductas no deben considerarse delictivas", añade el estudio. Al respecto explica que la falta de acusación es mayoritariamente el razonamiento jurídico que se efectúa por los jueces para dictar absolución, mientras que en las condenatorias la mitad se basa en la confesión del agresor.

En cambio, en los procedimientos cuyo juicio oral se celebra ante el Juzgado de lo Penal y la Audiencia Provincial, las sentencias son condenatorias en un 91 por ciento de los casos, un porcentaje "mucho mayor que en los procesos tramitados por infracciones penales leves ante los juzgados de instrucción". Se constata además que hay un aumento de los procesos que se tramitan ante los juzgados de los penal, suponiendo en este estudio un 4 por ciento frente al 0,3 en el análisis comparado, "lo que supone una mayor sensibilidad por parte de los operadores jurídicos frente a estas agresiones".

En cuanto al impago de pensiones, la presidenta de Themis subrayó que el sistema penal "no funciona", ya que en un 46 por ciento de los casos no se ejecuta la sanción y las absoluciones ascienden al 32 por ciento. Al analizar el delito de impago, el estudio indica que las víctimas (en su mayoría mujeres e hijos) viven en situaciones de pobreza: en el 89 por ciento de los procedimientos la víctima no tiene empleo y carece de recursos para mantener a la familia, y en el 94 por ciento hay hijos menores o dependientes económicamente. Sin embargo, "este factor no es tenido en cuenta a la hora de dar prioridad a la tramitación de estos procedimientos, alcanzando más del 50 por ciento una duración superior a los dos años y medio, a pesar de la escasa complejidad" del proceso.

Por otro lado, se ha comprobado que los juicios de faltas tardan actualmente una media de seis a diez meses y sólo en el 5 por ciento de los casos se consigue una duración inferior a los dos meses. En cuanto a los procedimientos abreviados por agresiones, su duración media actual es de dos años, añade el informe, que se presenta esta tarde en el Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid.

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