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Condenados a 97 años de prisión los siete miembros de la 'Manada de Zaragoza' por violar a una chica durante dos días

Además los magistrados imponen a los condenados el pago conjunto de 50.000 euros por lesiones y daños morales.

Además los magistrados imponen a los condenados el pago conjunto de 50.000 euros por lesiones y daños morales.
El juicio de La Manada de Zaragoza. | Captura de vídeo de Aragón Televisión.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a siete jóvenes por un delito continuado de violación grupal cometido contra una joven de 21 años, que permaneció retenida durante dos días y medio en una vivienda, donde fue sometida de forma reiterada a agresiones sexuales.

El tribunal considera a seis acusados autores responsables del delito y les impone penas de 14 años de prisión, mientras que un séptimo ha sido condenado como cooperador necesario a 13 años de cárcel. En conjunto, las condenas suman 97 años de prisión.

A todos ellos se les impone, además, la inhabilitación durante 19 y 18 años, respectivamente, para el ejercicio de cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto con menores. También se les prohíbe aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier espacio que frecuente a una distancia inferior a 500 metros durante 16 años. La sentencia establece igualmente una medida de libertad vigilada durante ocho años, que se aplicará una vez cumplidas las penas de prisión.

Absueltos del delito de lesiones

La Sala absuelve a los acusados del delito de lesiones, del que también estaban acusados. Según el tribunal, las lesiones físicas y psíquicas sufridas por la víctima no constituyen un delito autónomo, sino que son perjuicios derivados del delito de violación, que sí merece condena penal.

En concepto de responsabilidad civil, los magistrados imponen a los condenados el pago conjunto de 50.000 euros por lesiones y daños morales, cantidad solicitada por el Ministerio Fiscal y considerada por el tribunal como "adecuada y ponderada".

Los hechos se remontan al 23 de junio de 2020, cuando uno de los condenados citó a la víctima con la excusa de acudir a una fiesta. Tras comunicarle que la fiesta había sido suspendida, le propuso distintos planes alternativos hasta que finalmente la llevó a la vivienda de otro de los acusados, a quien la joven conocía y donde ya había estado en otras ocasiones.

La mujer permaneció retenida en la casa durante dos días y medio, periodo en el que fue sometida de forma continuada a agresiones sexuales y violaciones por parte del grupo.

Una situación de intimidación

Para el tribunal, los hechos acreditan la existencia de "un plan colectivo previo para doblegar la voluntad de la víctima y utilizarla sexualmente", aprovechando la superioridad física de los agresores. Según la sentencia, los acusados impidieron que la joven abandonara el piso, generando desde el primer momento un clima de temor ante las consecuencias de no acceder a sus pretensiones.

Frente a los argumentos de las defensas, que sostenían la existencia de consentimiento, la Sala considera que el testimonio de la víctima es "verosímil, lógico y creíble". Para ello, el tribunal se apoya en 16 vídeos grabados el 24 de junio de 2020 por uno de los acusados, que califica como un elemento corroborador de la declaración de la joven.

La expulsión del territorio español

Respecto al condenado como cooperador necesario, los magistrados señalan que no consta acreditado que mantuviera relaciones sexuales con penetración, pero sí que participó en el plan conjunto que permitió crear la situación de intimidación.

La sentencia también acuerda que, una vez se abra la correspondiente ejecutoria, se tramite una pieza separada para que las penas de prisión de los condenados extranjeros puedan ser sustituidas por su expulsión del territorio español.

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