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Adicae advierte que la Ley Hipotecaria aprobada por el Gobierno beneficia a los bancos y no ayuda a los consumidores

El proyecto de Ley Hipotecaria ha sido aprobada por el Consejo de Ministros y va camino del Congreso para su tramitación. La asociación de consumidores Adicae cree que este proyecto beneficia exclusivamente a las entidades financieras, ya que los apartados que afectan a los usuarios son "accesorios, insuficientes y poco ambiciosos". Adiae cree que el Ejecutivo ha puesto "parches inocuos" con esta legislación, pues no ha establecido un régimen para la regulación del sobreendeudamiento de las familias españolas y ha dejado pasar la oportunidad para atajar la proliferación de cláusulas y prácticas abusivas.

El proyecto de Ley Hipotecaria ha sido aprobada por el Consejo de Ministros y va camino del Congreso para su tramitación. La asociación de consumidores Adicae cree que este proyecto beneficia exclusivamente a las entidades financieras, ya que los apartados que afectan a los usuarios son "accesorios, insuficientes y poco ambiciosos". Adiae cree que el Ejecutivo ha puesto "parches inocuos" con esta legislación, pues no ha establecido un régimen para la regulación del sobreendeudamiento de las familias españolas y ha dejado pasar la oportunidad para atajar la proliferación de cláusulas y prácticas abusivas.
LD (EFE) En una nota de prensa, Adicae ha mostrado su disconformidad con el texto presentado por el Gobierno, que cree que afronta en profundidad el cambio del ciclo hipotecario que se avecina y que traerá, de no remediarlo con una buena normativa, "graves consecuencias para las familias".
 
Las principales novedades de esta reforma, que tendrá que pasar ahora por el trámite parlamentario, se refieren a la reducción de los gastos de modificación de las condiciones de una hipoteca en un 80 por ciento, aproximadamente, gracias a que ya no habrá que firmar un nuevo crédito y, por lo tanto, se reducirán sustancialmente los gastos de notaría, registro e impuestos.

En la modificación de cualquier característica de una hipoteca de 120.000 euros, bajarán a la quinta parte esos gastos, que pasarán de 351 a 67 euros. Además, la normativa aprobada hoy limita al 0,5 por ciento las comisiones por amortización anticipada y de subrogación -a partir de ahora denominadas compensaciones por desestimiento-, lo cual puede suponer en la práctica un ahorro medio de 600 euros.

En el caso de las compensaciones por riesgo de tipo de interés en la cancelación, no establece ningún porcentaje máximo pero sí limita su cobro a los préstamos a tipo mixto y fijo, y siempre que se produzca una pérdida para la entidad, es decir, que el tipo de interés en ese momento sea inferior al existente cuando se firmó la hipoteca. Solbes aseguró hoy que, en determinados casos, para la cancelación de una hipoteca de 120.000 euros, el ahorro puede alcanzar los 2.400 euros.

También ordena la nueva normativa la aprobación de una nueva orden de transparencia, para que los tomadores de un nuevo crédito tengan más información y adopten su decisión en función de los riesgos reales y sin coste añadido. Se regula también la figura de hipoteca global, constituida a favor de entidades financieras en garantía de diversas obligaciones, de cualquier clase, presentes y futuras, sin necesidad de pacto novatorio.

La nueva regulación pretende, además, fomentar la independencia y profesionalidad de las sociedades de tasación, que deberán elaborar un reglamento interno, para evitar los conflictos de interés, y para las que se establece un nuevo régimen sancionador. El texto remitido al Congreso de los Diputados regula, además, la hipoteca inversa, que estará exenta del pago del impuesto de actos jurídicos documentados en su constitución y que tampoco conllevará el pago de tributos para las rentas cobradas.

Solbes, que aseguró que la intención es que sea "lo más barata posible", explicó que el titular de una hipoteca inversa podrá vivir en su casa hasta que fallezca, aunque haya consumido todas las rentas a las que tiene derecho. Los herederos del titular del préstamo podrán recuperar la vivienda en el momento del fallecimiento abonando al banco todo lo que éste haya desembolsado y si deciden no hacerlo podrán recibir la cuantía que le restara por percibir al propietario de la vivienda.

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