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Pere Navarro dice que los detectores de radar son "chungos"

Con esta corrección se ha expresado el director de la DGT, Pere Navarro, que ha reconocido que los detectores de radar están en "un limbo" legal, por lo que no se puede multar a los conductores. Los considera "chungos" por lo que "yo no los usaría" ha dicho.

aquiesto dijo el día 29 de Mayo de 2010 a las 14:15:

Como Montilla en el Congreso:

Traducción al post anterior:
Chíííí= expresión valencianista del interior de la Comunidad expresando cabreo.
tio= señor amigablemente, pero que no acaba de caer del todo bien.
Pere= Pedro
el resto es para destornillarse,cabreo y más cabreo,porque han hecho de la guardia civil de tráfico,cobradores de ventanilla,sin manguitos, y encima sin sueldo decente.
Vamos el resumen es otra mierda más de tráfico.

aquiesto dijo el día 29 de Mayo de 2010 a las 14:11:

¡¡¡¡ chíííííí !!!!! ti Pere, mes chungo es la rapiña de Tráfic, per a cobrar més !!!!!

alpairo dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 19:49:

En último término, Reader, si, como se ha cansado de repetir la DGT, los radares están en puntos considerados peligrosos, un avisador le estaría indicando que se acerca a una zona de riesgo, por lo que la disminución de la velocidad iría en favor de la seguridad.

Además, no todos somos el chófer del presidente de Extremadura para que la Guardia Civil nos salude, desee buen viaje y se olvide de nosotros.

Por cierto, eso de que los radares LASER no son localizables, nada de nada. Lo único que requieren es un detector adecuado: obviamente, un detector de señales de radio no sirve para detectar los pulsos de luz de un emisor LASER.

Eso si, los localizadores basados en LASER son más difíciles de detectar porque su haz tiene una bastante apertura menor que el de un emisor de radio. Así, por ejemplo, a 300 metros del emisor, el haz de un radar puede llegar a abrirse 25 metros; en cambio, a esos 300 metros, un haz LASER no habrá llegado a abrirse ni siquiera 2 metros. Esta característica es la que los hace ideales para controlar la velocidad en vías con varios carriles.

manzarek dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 19:49:

Reader: por esa regla de tres, no es muy loable la actitud de los fabricantes de coches y motos que se empeñan en vendernos vehículos que pueden circular a mas de 120km/h.

siona dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 19:18:

Tu si que eres chungo tío multas.A vosotros la gente os importa una mierda,lo que quereis es robarnos el dinero.

abwher dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 18:11:

Pues lo que es yo, te los metía todos (uno a uno) por el cul..... No servís nada más que para recaudar. No os preocupa la seguridad ni nada de eso. El que se crea vuestras mamarrachadas de siempre (ya sabes: menos muertos, ....) es que es un iluso de cojon....s

reader dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 13:17:

Aunque sean legales, los avisadores de radar tienen la finalidad de avisarte de que se aproxima un radar y que por tanto debes reducir la velocidad a los límites establecidos para evitar ser cazado. Vamos, que son una herramienta para conducir saltándose los límites de velocidad y evitar las multas. No creo que sea algo muy loable. Y Libertad Digital ha estado promoviendo este tipo de conductas publicitando un avisador de radar, incluyéndolo en sus promociones, el mismo César Vidal.

Quebrant dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 12:53:

Este hombre no deja de sorprender........todos sabemos la finalidad de sus radares.......recaudar....recaudar y recaudar.......están convirtiendo al honorable cuerpo de la guardia civil en simples instrumentos recaudatorios de una administración que se dedica a despilfarrar por todos los lados........."márchese y déjenos en paz.......sr. pere.......márchese y déjenos en paz.......sr. rubalcaba....pierdete y déjenos en paz.......ZP"

punt dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 12:50:

[gnu] No hay que confundir los detectores con los avisadores. Al final, hay tres tipos de aparatos:

- Avisadores: son aparatos con un GPS y una base de datos. Al acercarse a un sitio en que le conste que puede haber un radar, lo avisa. Al acercarse a un radar que no conste en su base de datos, no dice ni pio. Estos son legales.

- Detectores: son aparatos que detectan las ondas de los radares y, en tal caso, avisan. No dependen de ninguna base de datos, sino que detectan las ondas de cualquier radar, aunque sea la primera vez que se pone en esa ubicación. Cuando la detección de la velocidad se realiza por otros medios (laser, tramo, etc) estos detectores no actuan, ya que no hay ondas de radar en las proximidades. Estos son alegales.

- Inhibidores: son aparatos que no detectan sino que interfieren las ondas del radar, de forma que éste sea incapaz de detectar el paso del vehículo o su velocidad. Al igual que los detectores, no hace nada cuando la foto se dispara por otros métodos distintos del radar. Estos aparatos son ilegales y su instalación y uso está castigado.

Cambiando de tercio, que no de tema, me pregunto si a este Pere Navarro también le parece "chungo" que el presidente extremeño sea pillado a 180 en su coche oficial. O ¿Por qué irnos tan lejos, cuando al propio Pere Navarro le pillaron también con exceso de velocidad en el coche oficial? ¿No será "chungo" el mismo Pere? ¿No será "chungo" su jefe RuGALcabra? ¿No serán chungas algunas de las inconstitucionalidades introducidas en la nueva Ley de Trágico, como por ejemplo el condicionar la defensa jurídica del presunto infractor al pago de media multa? (*)

Un saludo.

(*) Dos cosas:
1.- Digo que se condiciona la defensa jurídica al pago de media multa en referencia al "pronto pago": si se paga antes de 20 días, se paga sólo media multa, pero uno "renuncia" a ejercer su derecho a la reclamación de la multa.

Pero la realidad se ve mejor si le damos la vuelta a la afirmación: así, el importe real de la multa es en realidad el que finalmente se abonar acogiéndose al "pronto pago" (el castigo por un delito es el que se paga finalmente, no lo que se diga en declaraciones grandilocuentes después descafeinadas: por ejemplo, cualquier crimen que se cometa nunca tendrá una pena de más de 30 años, aunque la sentencia dicte miles y más miles de años, y esos 30 años se acaban quedando siempre en menos de 20 ¿Cuál es la pena por cometer una masacre? 30 años, ni uno más).

Partiendo de esto, vemos que si por alguna razón se quiere reclamar, la ley de trágico establece como costas de la reclamación el importe de la propia multa, ya que éste se habrá visto duplicado.

Además, se establece un abusivo interés de demora del 100% del importe cuando éste se abone con más de 20 días de retraso, ya que de nuevo se duplica el importe.

Cualquier empresa que establezca penalizaciones del 100% ante un retraso de 20 días en un pago, o por la presentación de una reclamación, estaría delinquiendo y se la debería denunciar, juzgar, cerrar y fumigar sin demora.

2.- Hay una sentencia del Tribunal Supremo, hace un año, en la que se declaraban compatibles el pronto pago y la presentación de reclamaciones, porque lo contrario crea indefensión en los conductores, y la constitución garantiza el derecho a una defensa jurídica eficaz. Decretar la indefensión jurídica por ley es, sencillamente, inconstitucional.

Cerezo dijo el día 28 de Mayo de 2010 a las 11:03:

Chungo?, chungo es el sr. Navarro y su método para recaudar.
Que tendrá que ver la velocidad con el tocino.