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'Sálvame', condenado a pagar 200.000 euros a María del Monte por su enésimo bulo

María del Monte doblega al cancelado Sálvame y La Fábrica de la Tele

María del Monte doblega al cancelado Sálvame y La Fábrica de la Tele
Carlota Corredera y David Valldeperas | Telecinco

El extinto Sálvame sigue acumulando sentencias condenatorias. En este caso, una por la nada despreciable cantidad de 200.000 euros que irán a parar María del Monte después de que la Audiencia Provincial haya desestimado el recurso de la productora y ratificado la sentencia previa por dedicar varios programas a un falso noviazgo de la cantante.

"La parte demandada ha cometido intromisión ilegítima en el derecho al honor y la intimidad personal de María del Monte en "los programas Sálvame Limón, Sálvame Naranja y Sálvame Tomate del 15 y 16 de febrero de 2021 al tratarse información no verificada y respecto de act os relativos a la vida privada e intimidad de la demandante".

Un nuevo disgusto para los responsables de la ya extinta productora La Fábrica de la Tele, responsable de grandes éxitos de ausencia para Telecinco que, no obstante, fueron destacando cada vez más por su servilismo al gobierno socialista, su abono a la polémica más gratuita y el desprecio a los espectadores.

En el pasado reciente, Cayetano Martínez de Irujo y Alfonso Merlos también doblegaron a la factoría, que ahora intenta revivir el formato sin plataforma de streaming o cadena que quiera acogerlo. Los demandados también deberán difundir la sentencia "en los mismos espacios o programas que los sustituyan y en horario de máxima audiencia", reza la sentencia.

La Audiencia Provincial ha rechazado, una a una -publica Ok Diario- las exigencias de los abogados de la parte de Bálame, que trataban de sostener su bulo en la libertad de expresión. Finalmente se impone el derecho fundamental a la intimidad y al honor y un derecho ordinario a entretener mediante porras que no tienen función de información relevante para el interés público".

"No puede calificarse de información, sino de simple espectáculo sin interés informativo dirigido al entretenimiento de la audiencia, mediante el escarnio, burla, insultos y atentados a la dignidad", continúa el texto de hasta tres jueces de la Audiencia Provincial, que han tumbado el recurso y confirman la sentencia original del Juzgado de Primera Instancia 16 de Sevilla. En 2014 el Supremo ya condenó a la cadena a pagar 50.000 euros por especular por las relaciones de Maria del Monte.

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