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La cabra de la Legión se salva de la ley animalista de Belarra y podrá seguir desfilando

La estrella del desfile militar del Día de la Hispanidad se considera un "animal utilizado en actividades profesionales".

La estrella del desfile militar del Día de la Hispanidad se considera un "animal utilizado en actividades profesionales".
La cabra de la Legión, la mascota más esperada por los niños y mayores. | David Alonso Rincón

La cabra de la Legión es una de las estrellas habituales en el desfile militar del 12 de Octubre y su participación en la fiesta del Día de la Hispanidad se mantendrá gracias a que la ley animalista de Ione Belarra aprobada este jueves en el Congreso no afecta a los animales utilizados en actividades profesionales.

La ley señala claramente que se considera que un animal utilizado en actividades profesionales son "aquellos animales de compañía que se dedican a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas".

Según han señalado fuentes militares a Libertad Digital, la cabra de la Legión, así como el resto de animales empleados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o las Fuerzas Armadas, tales como perros de rescate civiles o perros de asistencia, se consideran por tanto animales utilizados en actividades profesionales, con lo cual, no se ven afectados por la ley animalista de Belarra gracias a la enmienda que presentó el PSOE para excluir a los perros de caza, pastores, de guarda de ganado y los destinados a actividades profesionales.

En el caso de que esta enmienda no se hubiera aprobado, que es lo que Unidas Podemos, ERC, Más País o Bildu querían, el tradicional desfile de la cabra con su manto y su gorrillo legionario podría ser historia ya que inicialmente la ley prohibía someter a este tipo de animales a "desempeñar tareas que no sean acordes a sus condiciones particulares, tanto físicas como psicológicas, y a las características de su especie".

El texto inicial también señalaba que "el uso de cualquier animal en actividades profesionales requerirá estar en posesión de un certificado expedido por un veterinario colegiado o perteneciente a alguna administración pública, acreditativo de dicha aptitud".

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