
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha ordenado incluir 17 especies de tortuga y al pez limpiafondos en el listado de animales invasores, por lo que queda completamente prohibida su tenencia como mascota. Los dueños de este tipo de animales se exponen a multas de hasta 200.000 euros.

Este lunes se ha publicado en el BOE una orden ministerial por la que se incluyen en el catálogo de especies invasoras, el Hypostomus plecostomus, comúnmente conocido como "pleco común" o "pez limpiafondos". Es un pez de agua dulce con el cuerpo aplanado en la parte inferior y la boca en forma de ventosa. Es muy común (y práctico) en los acuarios porque se alimenta de las algas y la materia orgánica del suelo.
En el listado de especies invasoras también se han incorporado todas las especies de tortugas de los géneros Mauremys y Pseudemys, incluyendo la tortuga de vientre rojo de Florida (Pseudemys nelsoni), que son las típicas tortugas que se venden en las tiendas de mascotas en esas peceras que tienen una isleta decorada con una palmera de plástico.
Sanciones
A partir de ahora, todas estas especies pasan a considerarse "una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural". Por lo tanto, queda totalmente prohibida "la introducción, mantenimiento, cría, transporte, comercialización, utilización, intercambio, reproducción, cultivo o liberación en el medio natural sin permiso o autorización administrativa".
Por lo tanto, desde este pasado lunes las tiendas de mascotas ya no pueden vender este tipo de tortugas o de peces. Tampoco es legal tenerlas en los domicilios, salvo que exista un permiso o autorización. Las sanciones pueden suponer multas de 3.000 a 200.000 euros. En el caso de que la especie invasora provoque daños de más de 100.000 euros, las multas pueden ascender a los 2 millones de euros, según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Mascotas en el limbo legal
Además del pez limpiafondos y las tortugas Mauremys y Pseudemys, el listado de especies invasoras cuenta con más de 220 animales prohibidos entre los que también se encuentran la cotorra argentina (Myiopsitta monachus), la cotorra de Kramer (Psittacula krameri), el cerdo vietnamita (Sus scrofa domesticus), el mapache (Procyon lotor) o la popular tortuga de orejas rojas (Trachemys scripta elegans).
Todo aquel que tenga una mascota incluida en este listado tiene que avisar a las autoridades competentes (las Comunidades Autónomas) o al Seprona. En este punto, el Real Decreto 630/2013 que regula este asunto dice que los propietarios pueden quedarse con la mascota siempre y cuando puedan demostrar (a través de un ticket de compra, chip, anilla o registro) que compraron el animal antes de que se incluyera en el listado. Sin embargo, esa disposición transitoria del Real Decreto decayó en 2022 y, a día de hoy, los animales han quedado en un limbo legal.
Esta situación provoca una gran inseguridad jurídica para los propietarios de mascotas consideradas invasoras. En cualquier caso, siempre deben informar a las autoridades si los animales se escapan de forma accidental y, en ningún caso, se puede comercializar, reproducir, trasladar ni ceder estos ejemplares.