
Una patente es un privilegio legal que conceden los estados a su titular para que pueda impedir a terceros la utilización de su invención y, así, ser el único que pueda obtener beneficios de la misma para compensar los enormes costes que le ha producido su descubrimiento, investigación, desarrollo y comercialización.
La concesión de patentes se fundamenta en facilitar el desglose de la invención a la sociedad. Ésta la difunde por sus medios informáticos de difusión para que sirva de conocimiento y base de posibles invenciones ulteriores. Si no fuera por el sistema internacional de patentes, muchas invenciones quedarían en el anonimato o, simplemente, en una difusión limitada.
Pero el privilegio no es una concesión sin contrapartidas. En primer lugar, el titular de la invención ha de desglosarla detallada y específicamente en una Memoria de solicitud de patente que, en los países industrializados, deberá pasar un examen pormenorizado de un experto examinador. Éste chequeará si la misma constituye una novedad mundial, si tiene suficiente consideración inventiva y si es capaz de una aplicación industrial antes de dar su aprobación a la concesión.
En segundo lugar, su duración está limitada a un máximo de 20 años (25 para los productos farmacéuticos y fitosanitarios que tienen un control estatal de sus precios), después de los cuales la invención puede ser utilizada por cualquier interesado sin limitación.
En tercer lugar, el titular (o sus licenciatarios) debe poner en práctica su invención bajo pena de que si no lo hace puede incurrir en la anulación del privilegio o bien en el sistema de concesión obligatoria de licencias cuando el producto, como por ejemplo un nuevo fármaco, es de interés público.
Y, en cuarto lugar, después de concedida la patente, el titular debe pagar unas cuotas anuales, crecientes de año en año, para que se la mantenga en vigor hasta el año veinte.
Por otra parte, el titular de la patente está amparado por la legislación y por los tribunales civiles y penales para impedir que terceros hagan una utilización fraudulenta de su invención durante todo el transcurso de la vigencia legal de la misma.
Una patente puede proteger un producto, un procedimiento de obtención del mismo o una aplicación. Como ejemplo, en el campo farmacéutico, una patente puede proteger a un nuevo fármaco, su o sus procedimiento/s de obtención o una nueva indicación terapéutica que sea descubierta después de haber sido comercializado con una primera. Como ejemplo de esto último, mencionamos el fármaco Minoxidil que fue patentado como tal producto en la indicación como antihipertensivo y, posteriormente, fue descubierta su indicación como anti-calvicie que, a su vez, pudo ser también patentada.
El sistema de patentes es un sistema acordado internacionalmente, vigente con algunas variantes legislativas en más de 130 países, que tiene sus defectos estructurales pero que es válido para estimular la investigación de nuevos productos, tanto en la Industria como en la Universidad y otros centros de I+D, y conseguir que puedan resarcirse de los gastos que les ha ocasionado la investigación y desarrollo de su producto y puedan aplicarlos, si es su voluntad, parcialmente al estudio de nuevos proyectos de investigación.
El problema del sistema es que funciona bien en los países industrialmente desarrollados pero tiene el peligro de causar problemas de monopolio, que deben controlarse por otros medios distintos al del sistema de patentes, con la inherente posible dificultad de acceso de productos básicos esenciales patentados a países no desarrollados industrialmente.
En este sentido, la disponibilidad de estos productos básicos (medicamentos, alimentos, productos agrícolas, etc.) a países del tercer mundo debe contar con la voluntad y ayuda de las empresas patentadoras implicadas, aunque también de otras empresas de fabricación de genéricos, de las autoridades políticas de los estados, de los fondos internacionales de ayuda, del establecimiento de controles de diagnóstico y de distribución de medicamentos y alimentos, de garantías de que los productos dirigidos a esos países en condiciones favorables no se dirigirán fraudulentamente a países industrializados, etc.
Todo ello para conseguir que, sin mermar fuertemente el interés de inversión de capital en las empresas para proseguir sus proyectos de investigación, los frutos de ésta en productos esenciales lleguen en condiciones aceptables a todos los que los necesitan.
