L D (EFE)
Según un comunicado de DAMA, firmado por su presidente, el cineasta Montxo Armendáriz, entre los hechos denunciados destacan la práctica de restricciones a la libre elección de Entidad de Gestión por los autores.
Por su parte, un portavoz de la SGAE, dijo a EFE que "en cuanto a la libertad de elección todo el mundo la tiene mediante un contrato, tres años dura el de la SGAE y cinco el de DAMA, por lo que el nuestro es más corto y da mayor capacidad de libertad".
DAMA explica en la nota que los autores que hayan pertenecido a SGAE, no pueden causar baja voluntaria cuando lo estimen pertinente. Existen en la actualidad más de 15 procesos judiciales en marcha de autores cineastas importantes (Montxo Armendáriz, Agustín Díaz Yanes, Fernando León de Aranoa, Gracia Querejeta, Manuel Matji, etc.) contra SGAE, para conseguir que se les reconozca su baja voluntaria en la SGAE. Para la SGAE, "los quince procesos judiciales a los que se refiere DAMA se deben a que esos autores han firmado un contrato y tienen que cumplirlo hasta que pase el período de tres años. Ellos dicen que no, pero los tribunales nos han dado la razón en la totalidad de los casos que ya se han visto".
Por otro lado, DAMA asegura que "la SGAE mantiene contratos en exclusiva con los usuarios obligados al pago de los derechos de autor tales como televisiones, vídeo-clubes y cines, por lo que conceden una autorización universal a dichos usuarios para comunicar públicamente todas las obras audiovisuales que emitan, alquilen o exhiban, sin que esté identificado el repertorio de obras y autores a los que ampara dicha autorización, suponiendo, en muchos casos, que los autores titulares de las obras que se emiten, alquilan o exhiben, han encomendado la gestión de las mismas a DAMA".
En estos casos, según DAMA, la SGAE está recaudando indebidamente unos derechos de autor de unas obras que no les pertenece, privando a sus legítimos titulares de dichos derechos. "Los autores afectados manifiestan que esta apropiación de sus derechos de autor también es una forma de piratería".
DAMA solicita del Tribunal de Defensa de la Competencia, la anulación de dichos contratos de recaudación entre SGAE y los distintos usuarios obligado al pago (televisiones, video-clubes y cines), como consecuencia de haber sido impuestos en un claro abuso de dominio y posición de monopolio en el mercado, que impide el desarrollo normal de otras Entidades de Gestión.
El portavoz de la SGAE niega rotundamente lo de los contratos en exclusiva, "ya que los firmado con las televisiones son por el repertorio de obras al que representamos. En concreto, toda la música es de la SGAE y los audiovisuales extranjeros los tenemos nosotros, por contratos firmados con productores, directores y guionistas, y de los nacionales lo más importantes, incluidos los ganadores de Oscar y las bandas sonoras". Según el portavoz de la SGAE, en lo que se refiere al cine, "la SGAE tiene un sistema para facturar sólo lo que es nuestro obra a obra, pero DAMA no tiene una infraestructura como nosotros para hacerlo. La SGAE tiene 250 representantes repartidos en trece delegaciones del territorio nacional.
Por su parte, un portavoz de la SGAE, dijo a EFE que "en cuanto a la libertad de elección todo el mundo la tiene mediante un contrato, tres años dura el de la SGAE y cinco el de DAMA, por lo que el nuestro es más corto y da mayor capacidad de libertad".
DAMA explica en la nota que los autores que hayan pertenecido a SGAE, no pueden causar baja voluntaria cuando lo estimen pertinente. Existen en la actualidad más de 15 procesos judiciales en marcha de autores cineastas importantes (Montxo Armendáriz, Agustín Díaz Yanes, Fernando León de Aranoa, Gracia Querejeta, Manuel Matji, etc.) contra SGAE, para conseguir que se les reconozca su baja voluntaria en la SGAE. Para la SGAE, "los quince procesos judiciales a los que se refiere DAMA se deben a que esos autores han firmado un contrato y tienen que cumplirlo hasta que pase el período de tres años. Ellos dicen que no, pero los tribunales nos han dado la razón en la totalidad de los casos que ya se han visto".
Por otro lado, DAMA asegura que "la SGAE mantiene contratos en exclusiva con los usuarios obligados al pago de los derechos de autor tales como televisiones, vídeo-clubes y cines, por lo que conceden una autorización universal a dichos usuarios para comunicar públicamente todas las obras audiovisuales que emitan, alquilen o exhiban, sin que esté identificado el repertorio de obras y autores a los que ampara dicha autorización, suponiendo, en muchos casos, que los autores titulares de las obras que se emiten, alquilan o exhiben, han encomendado la gestión de las mismas a DAMA".
En estos casos, según DAMA, la SGAE está recaudando indebidamente unos derechos de autor de unas obras que no les pertenece, privando a sus legítimos titulares de dichos derechos. "Los autores afectados manifiestan que esta apropiación de sus derechos de autor también es una forma de piratería".
DAMA solicita del Tribunal de Defensa de la Competencia, la anulación de dichos contratos de recaudación entre SGAE y los distintos usuarios obligado al pago (televisiones, video-clubes y cines), como consecuencia de haber sido impuestos en un claro abuso de dominio y posición de monopolio en el mercado, que impide el desarrollo normal de otras Entidades de Gestión.
El portavoz de la SGAE niega rotundamente lo de los contratos en exclusiva, "ya que los firmado con las televisiones son por el repertorio de obras al que representamos. En concreto, toda la música es de la SGAE y los audiovisuales extranjeros los tenemos nosotros, por contratos firmados con productores, directores y guionistas, y de los nacionales lo más importantes, incluidos los ganadores de Oscar y las bandas sonoras". Según el portavoz de la SGAE, en lo que se refiere al cine, "la SGAE tiene un sistema para facturar sólo lo que es nuestro obra a obra, pero DAMA no tiene una infraestructura como nosotros para hacerlo. La SGAE tiene 250 representantes repartidos en trece delegaciones del territorio nacional.
