L.D.-
La sentencia del juzgado ha sido tajante y frena las pretensiones recaudatorias de la Sociedad General de Autores. El magistrado ha desestimado la petición de la SGAE y considera que la música en las cuñas publicitarias no se debe computar en el pago de derechos por emisión de composiciones. Precisamente, el cálculo por la transmisión musical en los anuncios fue el argumento que presentó la Cadena COPE para excluir esta factura de la cuota obligatoria que hay que pagar a la asociación, y defender sus derechos.
Esta decisión judicial se ha hecho pública el mismo día que la SGAE celebra elecciones para renovar su consejo de dirección. Una cúpula que sostienen Eduardo Bautista y Manuel Gutiérrez Aragón que, de seguir al frente del organismo, deberán cubrir las costas judiciales. Una multa que nada tiene que ver con las pretensiones iniciales de la asociación, que reclamaba a la COPE el pago de 312 millones de pesetas.
Esta decisión judicial se ha hecho pública el mismo día que la SGAE celebra elecciones para renovar su consejo de dirección. Una cúpula que sostienen Eduardo Bautista y Manuel Gutiérrez Aragón que, de seguir al frente del organismo, deberán cubrir las costas judiciales. Una multa que nada tiene que ver con las pretensiones iniciales de la asociación, que reclamaba a la COPE el pago de 312 millones de pesetas.
