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Sánchez envía el buque Furor con la flotilla violando la Ley de Defensa Nacional y desafiando la Carta de la ONU

El buque Furor parte con una flotilla hacia Israel sin permiso del Parlamento, generando polémica y posible conflicto internacional.

El BAM (buque de acción marítima) Furor amarrado en el puerto de Cartagena en Murcia. | EFE

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El buque de la Armada Furor ha partido con la flotilla anti-Isarel rumbo al límite de las aguas territoriales de Israel. Los barcos de la flotilla de Ada Colau y del resto de activistas de izquierdas que respaldan políticamente al PSOE pretenden entrar en esas aguas de Israel forzando, más que probablemente, un incidente internacional con los barcos de la Armada de Israel. Y en ese momento se verá qué hace el Furor, un buque de guerra que ha partido con la orden de no abandonar aguas internacionales pero que lo ha hecho sin el necesario permiso del Parlamento español y violando, por lo tanto, la Ley Orgánica de Defensa Nacional.

¿Que pretende hacer Pedro Sánchez ordenando a un buque de guerra acompañar y escoltar a una flotilla de activistas de izquierdas? Se trata de una gran incógnita que, por ahora, ya ha despejado una variable: su viaje no es dudoso, viola la ley.

El barco militar representa a España y lo hace sin permiso legal y constitucional del Parlamento para hacerlo. La Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional recoge en su artículo cuatro el siguiente enunciado:

A las Cortes Generales les corresponde:

Pero el punto más claro de todos en esta materia es el 2 de ese artículo cuatro: "En particular, al Congreso de los Diputados le corresponde autorizar, con carácter previo, la participación de las Fuerzas Armadas en misiones fuera del territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en esta Ley". Y nada ha autorizado el Parlamento sobre esta misión.

La orden dada, por lo tanto, puede considerarse violadora de dos puntos de ese artículo e indudablemente vulneradora del punto 2 de la Ley Orgánica de Defensa Nacional.

El barco

Hay que recordar que ese barco no es de una ONG. Ni siquiera es una barco del Estado sin más. No: es un buque de guerra de pabellón español, bandera oficial y parte del Ejército español.

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Es más, la surrealista misión consiste en usar ese buque de guerra para dar escolta a un grupo de activistas políticos de izquierdas en una obscena utilización del Ejército como factor publicitario del PSOE y su Gobierno, algo que, una vez más, vulnera la obligación de neutralidad en los actos de la Administración pública.

Y todo ello es contando con que el buque en cuestión no entre en aguas de Israel, porque, a efectos de derecho internacional, no hay ninguna duda: si entrase, aunque sea por medio metro en aguas territoriales de Israel, habría protagonizado una invasión.

La invasión

Según el derecho internacional, la entrada no autorizada en aguas extranjeras que implique el uso de la fuerza o la invasión de la soberanía de un estado es ilegal, tal y como determina la Carta de las Naciones Unidas, que prohíbe expresamente la invasión de territorio ajeno.

La soberanía de un estado se extiende a sus aguas interiores y su mar territorial, por lo que la entrada forzosa de buques o fuerzas militares constituye una violación grave de los principios del derecho internacional.

¿Hay excepciones? Sí. Y ninguna se cumple: el ejercicio del derecho de paso inocente en el mar territorial o la invocación del derecho de legítima defensa bajo la Carta de la ONU. Ni siquiera está permitido el uso de la fuerza unilateral en caso de combate al terrorismo o al narcotráfico.

De hecho, la misión del Furor no tiene nada que ver con la misión encargada a su buque por la primera ministra Italiana, Giorgia Meloni, que ha ordenado expresamente a su buque que impida la entrada en aguas israelíes a la flota y fuerce el desvío a Chipre en caso de intento.

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