
El titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, ha denunciado que la "incesante" presentación de recursos por las partes personadas en el caso Negreira impide terminar la investigación. Cabe destacar que la citada presentación sistemática de recursos ante el propio juez o ante la instancia superior, especialmente por parte de los investigados, es una estrategia procesal para obstaculizar y dilatar la instrucción.
En un auto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el juez recuerda que "se han practicado numerosas diligencias, estando pendientes de realizarse otras diligencias que vista la complejidad de las actuaciones no se han podido finalizar hasta este momento. El próximo 1 de marzo, finaliza el período de instrucción establecido. Se ha dado traslado a las partes personadas para que aleguen en relación a la ampliación de a "la instrucción contemplada en el art. 324, mediante trámite de audiencia. Se ha presentado por la representación de Real Madrid C.F y la Liga Nacional de Fútbol Profesional escrito solicitando que se acuerde la prórroga de la instrucción por un período de 6 meses y por la representación de D. Albert Soler Sicilia escrito en el que se opone a la prórroga de la instrucción. Por el Ministerio Fiscal se interesa se acuerde por auto la prórroga de la instrucción por un período de seis meses".
El instructor recuerda que el artículo 324 de la LECrim establece que "si, con anterioridad a la finalización del plazo, se constatare que no será posible finalizar la investigación, el juez, de oficio o a instancia de parte, oídas las partes podrá acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses. Las prórrogas se adoptarán mediante auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación. En su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada".
"Las diligencias de investigación acordadas con anterioridad al transcurso del plazo o de sus prórrogas serán válidas, aunque se reciban tras la expiración del mismo. Si, antes de la finalización del plazo o de alguna de sus prórrogas, el instructor no hubiere dictado la resolución a la que hace referencia el apartado 1, o bien esta fuera revocada por vía de recurso, no serán válidas las diligencias acordadas a partir de dicha fecha. El juez concluirá la instrucción cuando entienda que ha cumplido su finalidad. Transcurrido el plazo máximo o sus prórrogas, el instructor dictará auto de conclusión del sumario, en el procedimiento
abreviado, la resolución que proceda", apunta el juez.
A Continuación, subraya que "debe prorrogarse la instrucción de la presente pieza dado que la Guardia Civil aún no ha finalizado la investigación encomendada y hasta que no presente el informe de conclusiones no se podrá tomar declaración a los investigados".
"De otro lado, la Audiencia Provincial de Barcelona está pendiente de resolver múltiples recursos de apelación debido a la incesante actividad recursora de las partes, hasta que no se resuelvan los recursos de apelación resulta imposible finalizar la instrucción". Por todo ello, decide prorrogar la investigación por el plazo de 6 meses hasta el próximo 1 de septiembre", concluye.
La declaración de Negreira ante el juez
Recordamos que el próximo martes 19 de marzo esté prevista la única declaración acordada por el momento del principal investigado en la causa, el que fuera vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira.
Según establece la Ley, los imputados en un proceso penal no están sometidos a la obligación jurídica de decir la verdad, sino que pueden callar o incluso mentir, en virtud de los derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
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