El fiscal explicó en el juicio, que quedó visto para sentencia en la Audiencia Nacional, que hay elementos de prueba "más que suficientes" para decir que el procesado es autor de este atentado, ocurrido el 16 de abril de 1997, y que éste, junto con otra persona, "actuó con alevosía" contra el funcionario, que estaba destinado en la cárcel de Martutene (Guipúzcoa).
Según el representante del ministerio público, Etxebarría esperó la llegada del funcionario en las inmediaciones del polígono Olibet de Rentería y cuando se encontraba a su altura sacó una pistola y comenzó a dispararle, hiriéndole en el cuello, momento en el que la víctima huyó y logró llegar a su domicilio, desde donde fue trasladado a un hospital en el que estuvo ingresado ocho días.
El fiscal solicita también que Etxebarría pague una indemnización de treinta millones de pesetas a la víctima, quien actualmente se encuentra en tratamiento y está jubilado por incapacidad permanente debido a un trastorno por estrés.
Etxebarría explicó en la sesión del lunes que pertenece a la banda terrorista ETA desde 1996 y que en abril de 1997 era miembro del "comando Donosti", pero negó que participara en el atentado frustrado contra el funcionario de la cárcel de Martutene, ya que se encontraba trabajando en una empresa de mensajería.
La defensa explicó que la declaración policial de su patrocinado no se puede considerar como prueba de cargo debido a que "no se realizó con las garantías procesales necesarias" y "fue obtenida vulnerando derechos fundamentales", por ello, pide la absolución.
