El Supremo halló culpables a los otros ocho acusados del caso y el total de las penas se elevó a 88 años y 10 meses de prisión. El Tribunal desestimó todas las peticiones de nulidad de actuaciones y rechazó declarar la prescripción de los delitos como demandó la defensa.
De forma individual, el fallo estableció la condena del ex jefe del Mando Unico de la Lucha Contraterrorista Francisco Alvarez, el ex jefe superior de Policía de Bilbao Miguel Planchuelo y el ex subcomisario José Amedo, por los mismos delitos, a nueve años y seis meses de prisión y once de inhabilitación absoluta. A los inspectores Julio Hierro Moset y Francisco Saiz Oceja a cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta de nueve años por detención ilegal, y a los también inspectores Luis Hens Serena y Juan Ramón Corujo Rodríguez a cinco años de prisión y ocho de inhabilitación absoluta por el mismo delito. Por último, al ex inspector Michel Domínguez le impone la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión con suspensión de cargo público y derecho de sufragio por el mismo tiempo como cómplice de la detención ilegal.
El juicio por el secuestro de Marey se basa en la primera acción que se atribuyeron los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL). Marey fue secuestrado en 1983 en Hendaya, en el sur de Francia, por los GAL al ser confundido con un cabecilla etarra, pero a pesar de descubrirse que no se trataba de la persona que se pretendía, estuvo en cautividad diez días.
Recurrir al Constitucional
Las posibles salidas jurídicas que tenían los sentenciados eran recurrir al Constitucional o pedir el indulto. A diferencia de otros condenados, Barrionuevo y Vera se apresuraron a renunciar al indulto y el 21 de agosto, tres días antes de que expirara el plazo legal, presentaron recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para conseguir la anulación de la sentencia del Supremo. Y lo hacen en un auto firmado, además de por sus respectivos letrados, Pablo Jiménez de Parga y Manuel Cobo del Rosal, por el ex presidente del Gobierno Felipe González.
Esto se interpretó como una presión política a los magistrados del Tribunal Constitucional, la mayoría de los cuales fueron nombrados durante su mandato como jefe del Ejecutivo. Desde las filas socialistas, la firma de González se interpretó tan sólo como un gesto de solidaridad hacia sus entonces subordinados.
Barrionuevo y Vera se acogieron a una de las garantías que la Constitución establece para la protección de los Derechos Fundamentales y de las Libertades Públicas. Así, solicitaron la anulación de la sentencia del "caso GAL" porque se les condenó por falta de pruebas y alegaron que fueron sentenciados por unos delitos que habían prescrito.
Los abogados de Barrrionuevo argumentaron en su recurso, de un centenar de folios, que la sentencia había vulnerado, sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia y a la legalidad penal. Afirman que "la condena de su cliente se basa en los testimonios de unos coimputados en los que concurren diversas circunstancias o motivos espurios" que, según la jurisprudencia, "impiden que dichas declaraciones puedan ser consideradas como prueba de cargo, válida para desvirtuar su presunción de inocencia".
El ex ministro insistió en que la instrucción del caso Marey estaba "viciada de nulidad de pleno derecho" ya que el juez Baltasar Garzón, que instruyó inicialmente el caso, actuó con "manifiesta falta de competencia" y retuvo "indebidamente" la causa durante siete meses antes de elevarla al Supremo. Por su parte, el recurso de Vera defendía que la ausencia de pruebas contra él para condenarlo, y reiteró la nulidad de la instrucción de Garzón y la prescripción de delito.

CASO GAL
La sentencia del Supremo y los recursos de Barrionuevo y Vera
El 29 de julio, el Tribunal Supremo condenó a José Barrionuevo y a Rafael Vera a 10 años de cárcel por el secuestro de Segundo Marey y malversación de caudales públicos. El alto tribunal basó su resolución en las acusaciones formuladas por el resto de los diez condenados, sobre todo por el ex director de la Seguridad del Estado, Julián Sancristóbal, y el ex secretario de los socialistas vizcaínos, Ricardo García Damborenea, sentenciados a 10 y 7 años respectivamente.
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